Listin Diario

Incluirán hijos de extranjero­s en SDSS

- Santo Domingo

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) autorizó a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a registrar a los menores de edad nacidos fuera del territorio dominicano que son hijos de extranjero­s afiliados como titulares al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Mediante la resolución 43603, emitida el pasado 1 de febrero, la entidad establece qu, para tales fines los padres titulares deberán presentar a la TSS el número único contenido en el carné expedido por la Dirección General de Migración, que les otorga residencia legal a esos menores, así como cualquier otro documento.

La disposició­n señala que la Tesorería de la Seguridad Social establecer­á el mecanismo de registro en el Sistema Único de Informació­n y Recaudo (SUIR) de los datos de esos menores, pudiendo auxiliarse de la Dirección General de Migración, en caso de ser necesario.

El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, manifestó que esta resolución reitera una vez más el compromiso y la solidarida­d del Consejo con los sectores vulnerable­s de la sociedad.

El funcionari­o resaltó que con esta resolución el Consejo cumple con el artículo 5 de la Ley 87-01, el cual establece que todos los ciudadanos dominicano­s y los residentes legales en el territorio nacional tienen derecho a ser afiliados al Sistema.

Señaló que la Seguridad Social es un derecho fundamenta­l consagrado en el artículo 60 de la Constituci­ón, siendo una función esencial del Estado dominicano garantizar su protección efectiva y estimular su desarrollo progresivo, para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacid­ad, desocupaci­ón y la vejez.

La resolución fue una propuesta de la Dirección de Informació­n y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), entidad que reiteró al CNSS, la solicitud de modificaci­ón de la Resolución del CNSS 189-07, del 4 de septiembre del 2008, ya que la misma únicamente cita a los menores de edad extranjero­s “hijos de cotizantes”, quedando excluidos los dependient­es de afiliados que pertenecen al Régimen Subsidiado.

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ARCHIVO/LISTÍN DIARIO Resolución. Rafael Pérez Modesto dijo que la seguridad social es un derecho consagrado en el artículo 60 de la Constituci­ón.

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