Listin Diario

ADVIERTEN LEY CASTIGA EL ULTRAJE A LA BANDERA

Efemérides Patrias dice extranjero­s se exponen a la deportació­n.

- Santo Domingo

El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Daniel Balcácer, advirtió que la ley condena el ultraje de los símbolos patrios y en el caso de los extranjero­s pueden ser deportados del país.

Balcácer se refirió al tema porque la semana pasada un grupo de haitianos exhibieron la bandera de su país, junto a la dominicana, en un parque del municipio de Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, en el que existe un busto de Juan Pablo Duarte, fundador de la República Dominicana y Padre de la Patria.

Explicó que si esos haitianos no fueron autorizado­s a utilizar la bandera, “es evidente que esos ciudadanos extranjero­s actuaron al margen de la ley.

Agrega que el grupo incurrió en violación del artículo 5 de la Ley No. 360, del 21 de agosto de 1943, que regula el uso de la bandera nacional y establece sanciones para todo ciudadano, dominicano o extranjero, que incurra en actos irreverent­es o ultrajante­s tanto a la bandera como a cualquier a otro símbolo patrio.

Recordó que la ley señala que solo las embajadas, legaciones o consulados establecid­os en el país “podrán enarbolar libremente sus banderas nacionales respectiva­s”, de manera que queda claramente estipulado que los extranjero­s residentes en el país no puede enarbolar públicamen­te, y cuando se les antoje, las banderas de sus respectivo­s países, ni mucho menos la dominicana. Balcácer dijo que la ley 360 también establece que quienes violen tales disposicio­nes, ya sea con palabras, gestos o vías de hecho, contra la bandera o cualesquie­ra de los símbolos patrios, serán castigados con la pena de tres meses a un año de prisión y los extranjero­s con la expulsión del país.

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ARCHIVO/LISTÍN DIARIO Salvo diplomátic­os. Los extranjero­s que enarbolen banderas de sus países o la nacional sin autorizaci­ón, pueden ser expulsados del país.

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