ADVIERTEN LEY CASTIGA EL ULTRAJE A LA BANDERA
Efemérides Patrias dice extranjeros se exponen a la deportación.
El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Daniel Balcácer, advirtió que la ley condena el ultraje de los símbolos patrios y en el caso de los extranjeros pueden ser deportados del país.
Balcácer se refirió al tema porque la semana pasada un grupo de haitianos exhibieron la bandera de su país, junto a la dominicana, en un parque del municipio de Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, en el que existe un busto de Juan Pablo Duarte, fundador de la República Dominicana y Padre de la Patria.
Explicó que si esos haitianos no fueron autorizados a utilizar la bandera, “es evidente que esos ciudadanos extranjeros actuaron al margen de la ley.
Agrega que el grupo incurrió en violación del artículo 5 de la Ley No. 360, del 21 de agosto de 1943, que regula el uso de la bandera nacional y establece sanciones para todo ciudadano, dominicano o extranjero, que incurra en actos irreverentes o ultrajantes tanto a la bandera como a cualquier a otro símbolo patrio.
Recordó que la ley señala que solo las embajadas, legaciones o consulados establecidos en el país “podrán enarbolar libremente sus banderas nacionales respectivas”, de manera que queda claramente estipulado que los extranjeros residentes en el país no puede enarbolar públicamente, y cuando se les antoje, las banderas de sus respectivos países, ni mucho menos la dominicana. Balcácer dijo que la ley 360 también establece que quienes violen tales disposiciones, ya sea con palabras, gestos o vías de hecho, contra la bandera o cualesquiera de los símbolos patrios, serán castigados con la pena de tres meses a un año de prisión y los extranjeros con la expulsión del país.