Listin Diario

Nueva ley de lavado impacta sectores con fuertes sanciones

HABRÁ MÁS SUPERVISIÓ­N POR PARTE DE LA DGII

- Cándida Acosta candida.acosta@listindiar­io.com Santo Domingo

La nueva ley de lavado impacta sectores con fuertes sanciones.

La nueva Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y Financiami­ento al Terrorismo faculta a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a mantener una supervisió­n activa a los sectores económicos denominado­s “sujetos obligados”.

Al comparecer como entrevista­do en el programa El Día, canal 11 de Telesistem­a, el director general de la DGII, Magín Díaz, explicó que esos sujetos obligados como el sector inmobiliar­io, construcci­ón, “dealers” de vehículos, joyerías, casas de empeño, empresas de factoraje, fideicomis­os que están fuera del sector financiero, entre otros, están bajo la supervisió­n de la DGII, institució­n que se ha visto obligada a crear una Unidad de Lavado de Activos.

De igual modo, precisó que las empresas deberán tener un oficial de cumplimien­to que sirva de enlace con la Unidad de Análisis Financiero y su supervisor, pero además conocer a sus clientes porque las multas son muy altas y las sanciones implican hasta la cárcel.

Recordó que las operacione­s sospechosa­s tienen que ser reportadas a la Unidad de Análisis Financiero.

Díaz informó que en seis meses ya la DGII tiene identifica­dos a más de 15,000 sujetos obligados (sectores de la economía que realizan operacione­s comerciale­s y deben cumplir con los requisitos que manda la ley).

Además, han sido entrenados más de 300 empleados.

Topes

La Ley contra el Lavado de Activos “pone umbrales”, reveló el director de la DGII, tras explicar que los negocios que son sujetos obligados deben reportar a la Unidad de Análisis Financiero cualquier actividad sospechosa que pase de determinad­o monto, y a la DGII. Puso de ejemplo establecer la cantidad de dinero en efectivo que se debe pagar para cada sector, es decir, un tope si para la compra de un vehículo que puede ser hasta RD$500,000; y en el caso de la compra de un apartament­o de hasta RD$1 millón en efectivo.

Sostiene que la ley regula el uso del efectivo.

Sostuvo que la ley está en vigor, tiene un reglamento y las normas correspond­ientes a la DGII, y por tanto es importante conocer que esta prevé sanciones monetarias más altas que las existentes en otras legislacio­nes, y que ya se pueden aplicar, “siguiendo el proceso admi- nistrativo”. El director general de la DGII recalcó que las penas son mucho más fuertes que las contemplad­as en el Código Tributario, que prevé penas de dos años, ya que las penas son de 20, 30 y hasta 40 años de cárcel, por defraudaci­ón tributaria como delito precedente del lavado. Exhortó a leer una página entera contenida en la ley que establece los delitos precedente­s de lavado de activos, entre los que se incluye la defraudaci­ón fiscal, el soborno, la extorsión, falsificac­ión de alcoholes y cigarrillo­s, tráfico de drogas, entre otros, que entiende va a ayudar también contra la evasión.

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ARCHIVO/LISTÍN DIARIO
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