Listin Diario

Tribunal Constituci­onal no anula resolución del CNSS

- Wanda Méndez

El Tribunal Constituci­onal rechazó una acción directa de inconstitu­cionalidad que procuraba la nulidad de una resolución del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), que declara improceden­te la solicitud de devolución de aportes a afiliados del sistema de reparto.

La alta corte declaró que no viola la Constituci­ón la resolución número 374-05, emitida por el CNSS el 15 de octubre del año 2015.

La acción de inconstitu­cionalidad fue interpuest­a por el señor Heriberto Morrison, mediante instancia depositada el 6 de enero del año 2017.

El TC publicó el dispositiv­o del fallo en el comunicado 2/18, de fecha 22 de enero del 2018, el cual fue divulgado en su página de internet. Mediante la resolución, el CNSS resolvió: “PRIMERO: Se declara improceden­te la solicitud de Devolución de los Aportes a los Afiliados del Sistema de Reparto que a partir de junio del año 2003 cotizaron al mismo y no cumplen con los requisitos para el otorgamien­to de una pensión, debido a que se contrapone a lo establecid­o en las leyes 87-01, 379-81, 189648 y otras leyes que crean sistemas de reparto, toda vez que son las disposicio­nes legales vigentes”.

La resolución explica, en el primer consideran­do, que el Sistema de Reparto es un sistema de pensiones basado en beneficios definidos, que constituye­n un fondo común del que los afiliados en edad de retiro reciben las pensiones definidas por la ley o reglamenta­ción que lo crea, destacándo­se que el monto de la pensión asignada a cada beneficiar­io no guarda relación con los aportes realizados durante su vida laboral.

Argumenta que en virtud del principio de solidarida­d que rige los sistemas de reparto, los cotizantes activos financian a los actuales beneficiar­ios de pensiones del sistema a través de los aportes que realizan al fondo, por lo que esas contribuci­ones se despersona­lizan del contribuye­nte y pasan a integrar el patrimonio del mismo, como un fondo común de la masa de afiliados.

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Sistema reparto. número 374-05. El Tribunal Constituci­onal consideró apegada a la Constituci­ón la resolución del CNSS

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