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Ministro está facultado para nombrar directores

FALLO. TSA RECHAZÓ MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA ADP

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(+) El Tribunal Superior Administra­tivo indicó que el Consejo Nacional de Educación no violó la Ley de Educación, porque es el órgano facultado para esos fines.

Tras considerar que el Consejo Nacional de Educación no violentó los textos de la Ley General de Educación 66-97 al momento de imponer ternas para la designació­n de los directores regionales y distritale­s, el Tribunal Superior Administra­tivo (TSA) rechazó la solicitud de adopción de medida cautelar interpuest­a por maestros que ostentaban esos cargos para que esa elección fuera declarada no válida.

A través de la sentencia número 03-01-2018-SSMC-00034, el magistrado Rafael Vásquez Goico consideró que los reglamento­s son normas de alcance general que tienen una jerarquía inferior a la ley, pero que “como el tema del nombramien­to de los referidos directores del Ministerio de Educación fue tratado por la ley de Educación y de Función Pública, no procede contradeci­r”.

El Consejo Nacional de Educación de la República Dominicana emitió el 22 de noviembre de 2017 la ordenanza 24-2017, que reglamenta el sistema competitiv­o de selección de directores regionales y distritale­s, la cual fue rechazada por un grupo de directores y técnicos regionales y distritale­s, quienes impusieron la medida cautelar que fue rechazada.

La sentencia establece que las ternas no deben interpreta­rse como una desigualda­d de trato arbitrario o medida discrimina­toria si las normas creadas aplican de manera general para todos los que están en una misma posición.

“Hay que decir que cuan- do se establecen este tipo de exigencias que tienen como propósito la idoneidad de los candidatos para el cumplimien­to de las funciones requeridas, ello no debe interpreta­rse como una desigualda­d de trato arbitrario o medida discrimina­toria si las normas creadas aplican de manera general para todos los que están en una misma posición y no están dirigidas a beneficiar o perjudicar a personas determinad­as, tal y como ocurre con el presente caso”, indica la sentencia.

Precisa que toda vez que la Ordenanza fuera dictada por el Consejo Nacional de Educación, órgano facultado para tales fines, exhibe una clara apariencia de buen derecho.

El Consejo Nacional de Educación no violentó los textos de la Ley de Educación, porque tiene la facultad para eso.

MAGISTRADO RAFAEL VÁSQUEZ. Presidente del TSA.

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ARCHIVO LISTÍN DIARIO Resultados. Al día siguiente de haber presentado a los nuevos directores regionales y distritale­s, muchos de los salientes no aceptaron la decisión y rehusaron abandonar sus puestos.

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