Cambios de las NIA
Desde el 2017 los usuarios de estados financieros auditados han podido observar cambios importantes que se dan en la presentación del informe del auditor, en donde se incluyen asuntos que anteriormente no se mencionaban y se amplían aspectos, que si bien es cierto eran indicados, no alcanzaban tanto nivel descriptivo para un adecuado entendimiento del trabajo y de las responsabilidades tanto del profesional en contaduría pública como de la administración. Esto obedece a cambios en las disposiciones establecidas por el International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB), las cuales fueron aprobadas en setiembre de 2014 y liberados para su adopción a principios de 2015, con el objetivo de presentar un informe de auditoría “más informativo”. Estos cambios comenzaron a regir para las auditorías de estados financieros correspondientes a períodos terminados a partir del 15 de diciembre de 2016. En República Dominicana, el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana, y las Superintendencias de Bancos y Valores, permitieron para el ejercicio 2016, y únicamente para Entidades Listadas y /o reguladas, la adopción de algunas exenciones respecto al nuevo modelo de informe de auditoría establecido por las Normas Internacionales de Auditoría.
La exención más importante fue establecer como no obligatorio la inclusión de los Asuntos Claves de Auditoría en el informe del auditor correspondiente a ese ejercicio. Algunos países en el mundo ya han adoptado de forma anticipada este nuevo informe del auditor, tales como Reino Unido, Holanda, Sudáfrica y Australia, en donde se ha dado una percepción favorable sobre los cambios presentados. Como parte de las variaciones, se puede visualizar que la opinión del auditor, que anteriormente se colocaba al final, se presenta encabezando el informe de auditoría. Otro de los cambios relevantes es que el profesional en contaduría pública presenta una declaración de su independencia y del cumplimiento de las responsabilidades éticas de conformidad con el marco legal aplicable en su jurisdicción.
Los elementos que se agregan al informe del auditor son varios y relevantes. Los seguiremos analizando en la próxima columna. El autor es Socio Auditoría Deloitte Republica Dominicana