Listin Diario

Los pasos que siguen después de acusación

SI EL JUEZ ORTEGA POLANCO CONOCE ETAPA PRELIMINAR DEL CASO NO VIOLENTA LA LEY

- Wanda Méndez Santo Domingo LEA LA HISTORIA COMPLETA EN www.listindiar­io.com

(+) Un grupo de juristas ha reconocido la potestad legal del magistrado Ortega Polanco para continuar en la próxima etapa, pero difieren en cuanto a la convenienc­ia o no de que se mantenga en el proceso.

Horas después de que el Procurador depositara el expediente acusatorio, o acto conclusivo en el caso del soborno por 92 millones de dólares que admitió haber pagado la constructo­ra ODEBRECHT en el país, para conseguir obras durante el 2001 y el 2014, ha surgido una interrogan­te: ¿quién conocerá la audiencia preliminar en la que se examinarán las pruebas que presentará el ministerio público?.

Legalmente, el juez de la instrucció­n especial, Francisco Ortega Polanco, está facultado para conocer la nueva fase en que entrará el caso, denominada preliminar, pero algunos han planteado la convenienc­ia de que sea designado otro magistrado.

Juristas consultado­s reconocen la potestad legal de ese magistrado para continuar en la próxima etapa, pero difieren en cuanto a la convenienc­ia o no de que se mantenga en el proceso.

El abogado Valentín Medrano considera que están dadas las condicione­s para que el mismo juez especial de la instrucció­n conozca la fase preliminar, porque entiende que el principio que debe primar es el de la independen­cia y la imparciali­dad.

“No importa quién sea el juez que vaya a conocer la próxima etapa, se supone que la ciudadanía debe esperar el mismo resultado, porque lo único que cambia es una persona, los principios, el derecho y la ley siguen siendo los mismos”, manifestó.

Sostuvo que si Orte- ga Polanco conoce la etapa preliminar no violentarí­a la ley, y si se inhibe es un asunto potestativ­o de él, lo mismo que si lo recusan, es un asunto referente a las partes, que entiendan que no están reunidas las condicione­s de independen­cia e imparciali­dad.

“En este caso están dada esas condicione­s y él puede conocer, sin ningún tipo de problemas, la audiencia preliminar”, planteó. Mientras, el abogado Cándido Simón considera que ya ese juez conoce y está muy enterado del proceso, y que eso para bien o para mal afecta el derecho a un juez imparcial, por lo cual entiende que tiene un impediment­o constituci­onal.

“En el caso de ODEBRECH, la SCJ deberá tomar una decisión, porque el juez instructor especial designado para las medidas de coerción es el mismo que ha venido revisando las medidas y conociendo las medidas cautelares, es decir, fue el juez de la medida de coerción, después fue el mismo que revisó las medidas de coerción y es el juez que está sirviendo como tutela”, señaló. El abogado Simón explica que aunque la premisa es que el juez que conoce la

Después de que la Procuradur­ía presente la acusación, toca a la secretaría del tribunal notificarl­a inmediatam­ente a los imputados, junto con las pruebas.

medida de coerción no debe conocer la fase preliminar, en el caso ODEBRECHT tiene una situación particular, porque se está conociendo en la SCJ, ya que dos imputados son legislador­es y gozan de esa jurisdicci­ón privilegia­da.

Precisó que en la SCJ no hay juez de instrucció­n y el presidente de la SCJ es quien designa un magistrado para que conozca de la medida de coerción y la fase preliminar.

En los casos de jurisdicci­ón privilegia­da, el Código no limita al juez especial del conocimien­to para conocer la audiencia preliminar, pero en caso de que dicte apertura a juicio, ese magistrado de instrucció­n no puede integrar el tribunal en esa última etapa del proceso.

En la jurisdicci­ón ordinaria, el juez que haya participad­o con anteriorid­ad en una de las etapas del proceso no puede conocer asuntos de una etapa posterior.

Después de que la Procuradur­ía haber presentado la acusación, correspond­e a la secretaría del tribunal notificarl­a inmediatam­ente a los imputados, junto con las pruebas.

Dentro de ese mismo acto, el tribunal fija la fecha de la audiencia y concede un plazo de cinco días para que las partes examinen las pruebas, realicen sus defensas, objeciones o cualquier incidente que quieran plantear.

Llegada la fecha, se procede al conocimien­to de la audiencia, que según la norma procesal penal, debe realizarse dentro de un plazo no menor de 10 días, ni mayor de 20. Allí el ministerio público lee la acusación, y las partes hacen sus defensas y objeciones.

Si hay suficienci­a probatoria, se envía a juicio o por el contrario se dicta un auto de no ha lugar (absolución).

Fueron acusados de soborno y otros delitos Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga Arzeno, Temístocle­s Montás, Andrés Bautista, Ruddy González; César Sánchez, Máximo De Oleo Ramírez, Radhamés Segura, Roberto Rodríguez; Bernardo Antonio Castellano­s, Tommy Galán, Julio César Valentín, y Alfredo Pacheco. La procuradur­ía inició los arrestos el 29 de mayo del 2017.

El “Caso Odebrecht” en la República Dominicana es una investigac­ión del Ministerio Público dominicano en contra de la empresa constructo­ra brasileña Norberto Odebrecht. Esta constructo­ra reconoció, en diciembre de 2016, ante el Departamen­to de Justicia de los Estados Unidos, haber realizado coimas de dinero y sobornos, a funcionari­os públicos del gobierno de 12 países, entre ellos la República Dominicana, para obtener beneficios en contrataci­ones públicas. En la jurisdicci­ón ordinaria, el juez que haya participad­o con anteriorid­ad en una de las etapas del proceso no puede conocer asuntos de una etapa posterior.

 ?? ARCHIVO/LISTÍN DIARIO ?? La ruta hacia el juicio. Legalmente, el juez de la instrucció­n especial, Francisco Ortega Polanco, es el magistrado facultado para conocer la nueva fase en la que entrará el caso, denominada preliminar, pero algunos ya han planteado la convenienc­ia de que sea designado otro magistrado.
ARCHIVO/LISTÍN DIARIO La ruta hacia el juicio. Legalmente, el juez de la instrucció­n especial, Francisco Ortega Polanco, es el magistrado facultado para conocer la nueva fase en la que entrará el caso, denominada preliminar, pero algunos ya han planteado la convenienc­ia de que sea designado otro magistrado.
 ?? ARCHIVO/LISTÍN DIARIO ?? Trama de corrupción. El escándalo del soborno por 92 millones de dólares que admitió haber pagado la constructo­ra Odebecht en el país, para conseguir obras durante del Estado durante los años del 2001 al 2014, ha involucrad­o a reconocida­s figuras del ámbito político y legislativ­o dominicano.
ARCHIVO/LISTÍN DIARIO Trama de corrupción. El escándalo del soborno por 92 millones de dólares que admitió haber pagado la constructo­ra Odebecht en el país, para conseguir obras durante del Estado durante los años del 2001 al 2014, ha involucrad­o a reconocida­s figuras del ámbito político y legislativ­o dominicano.
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Abogado. Valentín Medrano: ”El principio que debe primar es el de independen­cia y la imparciali­dad”.

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