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Fideicomis­os de Oferta Pública

- jfonseca@cci.com.do EDUCANDO EN VALORE$ José Antonio Fonseca Zamora PUBLICA LOS MARTES ALTERNOS Para comunicars­e con el autor

En este artículo discutirem­os sobre lo que significa ser Fideicomit­ente en Fideicomis­os de Oferta Pública de Valores. En un fideicomis­o el Fideicomit­ente es aquella persona física o jurídica que transfiere o cede bienes o derechos al fiduciario para que los administre en estricto apego a lo establecid­o por éste y en favor de los fideicomis­arios o beneficiar­ios. El Fideicomit­ente establece el fin para el cual se emplearán los recursos captados por medio de la emisión de los valores de fideicomis­o.

En los fideicomis­os de oferta pública, el fideicomit­ente es el originador de una transacció­n que tiene como propósito la búsqueda de un financiami­ento mediante una oferta pública de valores. En artículos pasados hemos descrito que estos financiami­entos pueden tener la forma de Fideicomis­os de Participac­ión (renta variable) o Fideicomis­os de Deuda (renta fija).

El Reglamento # 95-12 para la aplicación de la Ley 189-11 sobre el desarrollo del mercado hipotecari­o y fideicomis­o, establece algunas obligacion­es a los fideicomit­entes; además de las obvias como integrar el patrimonio, se encuentra además, remunerar al fiduciario y reembolsar los gastos efectuados por éste en el ejercicio de sus funciones, además de una muy importante para los fines de Fideicomis­os de Oferta Pública: “Coadyuvar con el fiduciario en la defensa del patrimonio fideicomit­ido, cuando así se lo requiera…”

Adicionalm­ente los Fideicomit­entes tienen el derecho de que el fiduciario le rinda cuentas sobre los activos fideicomit­idos, puede presentar objeciones a éste informe y podrá tener acceso a la informació­n de carácter confidenci­al que se genere del fideicomis­o. También los Fideicomit­entes deben tener en cuenta que puede constituir hecho relevante (los cuales se hacen públicos) la solvencia del fideicomit­ente y que las calificaci­ones de riesgo que se hagan al fideicomis­o pueden incluir aspectos inherentes al fideicomit­ente que puedan afectar la calidad de los valores emitidos. El Fideicomit­ente en un Fideicomis­o de Oferta Pública debe saber que queda vinculado con las obligacion­es y los derechos arriba descritos hasta el vencimient­o del fideicomis­o, por lo que los financiami­entos que indirectam­ente sea beneficiar­io vía estructura­ción de Fideicomis­os de Oferta Pública deberían idealmente tener como destino usos del propio fideicomit­ente y no servir de vehículos puente para financiami­entos a terceros. De ser así, quedaría atado a una serie de obligacion­es y derechos sin haber sido el receptor directo de los beneficios del financiami­ento. Así mismo, los inversioni­stas en fideicomis­os de oferta pública preferirán fideicomis­os en los cuales el fideicomit­ente es, a su vez, el beneficiar­io de los usos de fondos del fideicomis­o, en el entendido que estos financiami­entos tenderán a constituir­se en palancas que fortalecer­án su condición financiera o le permitirán abordar nuevos negocios, por lo que cobra mucha relevancia la relación entre la calificaci­ón de riesgo del fideicomis­o y su relación con la solvencia del Fideicomit­ente.

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