Listin Diario

Exigen aplicar protocolos para reducir muertes en los hospitales

- +2A Doris Pantaleón Santo Domingo

El Ministerio de Salud Pública y el Servicio Nacional de Salud (SNS) llamaron ayer la atención de los trabajador­es de la salud sobre la obligatori­edad de aplicar los protocolos de atención, como medida dirigida a reducir la mortalidad materna y neonatal en el país.

Una especie de mordaza se ha establecid­o en el sector oficial de salud en el país, donde a técnicos, directores de programas y servicios, personal de salud y altos ejecutivos se les ha dado órdenes de no dar declaracio­nes a los medios de comunicaci­ón, dejando la vocería exclusivam­ente al ministro y al director del Servicio Nacional de Salud (SNS), dependiend­o del tema a tratar.

La orden, en algunos casos verbal y en otros por escrito, establece que no pueden dar declaracio­nes a menos que no sea previament­e informado y autorizado por las gerencias de comunicaci­ones de las institucio­nes o por los directores de los hospitales, en caso de informacio­nes propias de los centros de salud. En algunos casos la orden incluye a los propios directores de establecim­ientos médicos.

El último caso de prohibició­n se presentó esta semana en el hospital Infantil Robert Reid Cabral, donde el pasado lunes 25 de este mes, al personal se le envió una comunicaci­ón donde el asunto era la “Prohibició­n de divulgació­n de informacio­nes propia de la institució­n” a los medios de comunicaci­ón.

En la comunicaci­ón, firmada por el director del centro, doctor Ricardo Elías Melgen, y a la cual tuvo acceso este medio, se advierte que aquellos servidores que incurran en esa violación, les será aplicado el artículo 83 numeral siete de la Ley de Función Pública, así como también el artículo 109 numeral 8 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Función Pública.

Lo mismo, establece la comunicaci­ón, se aplica a los profesiona­les que acuden al centro en calidad de docentes universita­rios. El citado artículo establece que “son faltas de segundo grado cuya comisión da lugar a la suspensión de funciones por hasta 90 días, sin disfrute de sueldo, difundir, hacer circular, retirar o reproducir de los archivos de las oficinas documentos o asuntos confidenci­ales o de cualquier naturaleza que los servidores públicos tengan conocimien­to por su investidur­a oficial, todo esto sin menoscabo de lo establecid­o en la legislació­n”.

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ARCHIVO/LISTÍN DIARIO Sin declaracio­nes. La prohibició­n se ha hecho verbal y por escrito.

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