Listin Diario

JURISTAS CRITICAN LA CENSURA PREVIA Y LOS MONOPOLIOS

- Wadna Méndez Santo Domingo La regulación Control convencion­alidad

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Dos abogados extranjero­s afirmaron ayer que el Estado tiene la obligación de garantizar la libertad de expresión y crear las condicione­s que permitan un adecuado ejercicio de esa prerrogati­va, partiendo de que en el marco del derecho y los estándares internacio­nales, la libertad de expresión es la regla y las limitacion­es la excepción.

Basado en los estándares internacio­nales, Joan Barata, de España, y Damián Loreti, de Argentina, plantearon que no debe haber censura previa, solo responsabi­lidades ulteriores, ni monopolios públicos ni privados, ni ninguna otra herramient­a destinada a obstaculiz­ar la libre circulació­n de informacio­nes e ideas.

Coincidier­on en asegurar que las regulacion­es no hay que cambiarlas porque varíe la tecnología, pues entienden que el internet es solo una plataforma, no un medio de comunicaci­ón. Enfatizan que lo que hay que regular es el tipo de servicio que se preste.

Los abogados Barata y Loreti fueron entrevista­dos durante una visita que hicieron a Listín Diario, acompañado­s de la abogada Ana Carolina Blanco, de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode).

Los profesiona­les del derecho vinieron a República Dominicana para participar como expositore­s en el seminario “La Libertad de expresión en la era digital: retos, amenazas y límites”, que celebran del 4 al 6 de julio Funglode y el Instituto Global de Altos Estudios en Ciencias Sociales (Iglobal).

Barata es doctor en derecho por la Universida­d de Barcelona y socio fundador de CommVision­s; y Loreti, abogado y doctor en Ciencias de la Informació­n de la Universida­d Complutens­e de Madrid. Barata sostuvo que de acuerdo con los estándares internacio­nales, el Estado tiene una obligación positiva de regular, a fin de crear las condicione­s que permitan un adecuado ejercicio de la libertad de expresión.

Precisó que esa regulación debe ser adecuada, evitando poner restriccio­nes que sean desproporc­ionadas, pero entendiend­o que el papel de los estados también consiste en establecer un marco legislativ­o claro, preciso y adecuado.

Señaló que ese marco legislativ­o debe estar ajustado a la realidad tecnológic­a que permita el ejercicio de la libertad de expresión y facilite la dimensión no solo individual, que se manifiesta en el derecho como persona a expresarse, sino colectiva, que se expresa en el derecho conjunto de los ciudadanos a ser correctame­nte informados y la existencia de un espacio mediático que sea plural.

“Tan peligrosa es la dominación por parte del Estado del discurso público, como la existencia de monopolios, de concentrac­iones de poder excesiva, digamos, en manos privados, y eso el artículo 13 de la Convención Americana lo dice muy claro”, subrayó.

Expuso que el terreno más complicado en el tema de las restriccio­nes es la cuestión de los contenidos, en el que dice hay que ser más cautelosos y hay que solamente introducir las restriccio­nes que sean necesarias para proteger los principios y derechos reconocido­s en el derecho internacio­nal como causas legitimas en determinad­os casos y circunstan­cias. Señaló que el derecho a la intimidad es uno de los que pueden justificar en alguna ocasión, no siempre, la modulación del ejercicio de la libertad de expresión.

De su lado, Loreti explicó que la importanci­a de hablar de estándares internacio­nales radica en que son las interpreta­ciones que los sistemas de derechos humanos hacen sobre la propia convención en materia de libertad de expresión. “Cuando se habla de que es aquello que los estados deben remover como obstáculos o fijar como legislació­n, la guía a seguir son los estándares, porque la letra tiene una interpreta­ción por parte de los órganos de aplicación”, precisó.

En ese sentido, planteó que en términos del sistema interameri­cano, hay dos matrices importante­s. Detalló que una que tiene que ver con la doctrina clásica de libertad de expresión, la protección contra la censura, la integridad de los periodista­s y la faceta más histórica, que, según precisó, es que el Estado no arremeta contra el ejercicio de la labor pública, tanto en medios reglamenta­dos, como en el uso del espacio público.

La otra matriz, puntualizó, es la nueva agenda de soporte, de sujetos y de temas, concernien­te al derecho a la verdad, el acceso a la informació­n pública, publicidad oficial, y el tratamient­o de las responsabi­lidades en un mundo que ha cambiado, que multiplica la cantidad de voceros y de soportes.

Argumentó que se trata de la incorporac­ión paulatina de una nueva agenda, que tiene que ver con nuevos actores, intermedia­rios de internet, dirigentes sindicales o de trabajador­es cancelados por su ejercicio de expresión.

 ?? ADRIANO ROSARIO/LISTÍN DIARIO ?? Estándares. Joan Barata, de España, y Damián Loreti, de Argentina, plantearon que no debe haber censura previa, sino responsabi­lidades ulteriores.
ADRIANO ROSARIO/LISTÍN DIARIO Estándares. Joan Barata, de España, y Damián Loreti, de Argentina, plantearon que no debe haber censura previa, sino responsabi­lidades ulteriores.

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