Listin Diario

Reforma constituci­onal

- Wanda Méndez PUBLICA TODOS LOS MIÉRCOLES

El viernes, primero de septiembre, el Tribunal Constituci­onal sorprendió con el fallo sobre la acción directa de inconstitu­cionalidad contra la vigésima disposició­n transitori­a de la Constituci­ón, que le prohíbe al presidente Danilo Medina presentars­e como candidato.

Mi sorpresa no fue por el modo en que falló, sino por la rapidez con que lo hizo, pues todavía no había transcurri­do el plazo máximo de cuatro meses que la ley 13711 le otorga para decidir, después que deja el expediente en estado de fallo.

El TC está apoderado de casos que llevan años pendientes de fallo, porque en las deliberaci­ones no cuentan con la mayoría requerida de 9 votos. Creía que con esa acción iba a pasar lo mismo, por tratarse de un tema conflictiv­o, que ha dado lugar a tantas interpreta­ciones entre juristas.

El viernes, el Tribunal Constituci­onal solo emitió el dispositiv­o de la decisión en el comunicado 32/18. Aunque hay que esperar la sentencia íntegra para conocer las motivacion­es y cualquier otro criterio que haya fijado, en el dispositiv­o dio las razones por las cuales declaró inadmisibl­e la acción: “En razón de la imposibili­dad de declarar inconstitu­cional la propia Constituci­ón”.

No es la primera vez que el Tribunal Constituci­onal tiene que decidir sobre aspectos de la reforma constituci­onal que se hizo en junio del 2015.

Ya mediante sentencia del 2 de mayo del año 2017, el TC rechazó una acción directa de inconstitu­cionalidad en contra de la ley 24-15, que declaró la necesidad de reformar la Carta Magna. Pero, ahora, a diferencia del fallo del año pasado, que contó con votos disidentes de tres jueces y salvado de uno, el dispositiv­o del fallo reciente contiene la mención “sin votos particular­es”, evidencian­do que fue a unanimidad.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Dominican Republic