(+) JOVEN ABOGADO YA SOMETIÓ RECURSO
DERECHO A IGUALDAD:
Ya el Tribunal Constitucional está apoderado de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el joven abogado José Ogando, contra los artículos 8 y 54 de la ley, que contempla la renuncia automática de filiación y la cuota de la juventud. El artículo 54 dispone la cuota de la juventud, con el mandato siguiente: “Cada partido, agrupación o movimiento político postulará el diez por ciento (10%) de jóvenes hasta treinta y cinco (35) años, de su propuesta nacional de las candidaturas”. El accionante planteó que ese artículo viola, entre otros, el derecho a la igualdad y el derecho a elegir y ser elegido contemplado en la Constitución. Mientras, el artículo 8 de la ley 33-18 establece que “La afiliación a otro partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria, hacer pronunciamientos en contra de candidaturas de elección popular postuladas por su partido, la participación en actividades de partidos contrarios, o la aceptación de candidaturas por otro partido, implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo
7 de la presente ley, previa comprobación de que cualquiera de esas situaciones fueren con su aprobación o consentimiento”.