(+) CASTIGO QUE ESTABLECE LA LEY ANTITERRORISTA
La Ley dominicana número 267-08 sobre terrorismo, y que crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista, en su artículo 4, literal B, indica que esta ley será aplicada por las autoridades cuando ese tipo de delitos “se planeen en el territorio dominicano y se ejecuten en el territorio de otros Estados”.
En el mismo artículo pero en el literal D, plante que la ley alcanzara aunque dichos actos “se ejecuten en naves o aeronaves nacionales en el extranjero o naves o aeronaves extranjeras”, sin embargo no existe un antecedente en este sentido. En el año 2010 hubo una fuga masiva de prisioneros de cárceles haitianas a raíz del terremoto que afectó a ese país en 2010, cuando se informó que escaparon más de 4 mil reos que cometieron crimines de todo tipo dentro y fuera de su territorio, y muchos de los cuales huyeron a República Dominicana, sin embargo hasta el momento no se ha informado que alguno haya sido capturado.
En 2014, tras un motín en el Centro Penitenciario Croixdesbouquets, escaparon unos 200 prisioneros, y que muchos huyeron al vecino país por la frontera, sin embargo las autoridades dominicanas no se volvieron a referir al tema
En ese entonces, el ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul, informó que tenía la información de que se le daba seguimiento y que la Policía tenía 30 oficiales asignados a esa búsqueda. Sin embargo jamás se informó sobre la captura, deportación o extradición de uno de esos fugitivos.