Listin Diario

Gobiernos parlamenta­rios

- FÉLIX BAUTISTA

Se puede definir la forma de gobierno parlamenta­ria, como aquella en la que el poder ejecutivo responde únicamente al parlamento, quien puede obligarlo a dimitir, evidencián­dose la existencia de una relación de confianza entre ambos. Este modelo, surgido a partir de la experienci­a inglesa, ha sido clasificad­o por el profesor de Derecho Constituci­onal español Dr. Francisco Massó, en formas parlamenta­rias clásicas; parlamenta­rias racionaliz­ada; formas de gobierno parlamenta­rias con primer ministro elegido por el pueblo; formas de gobierno parlamenta­rias con primer ministro elegido por el parlamento, entre otras.

La forma de gobierno parlamenta­ria clásica del Reino Unido, es la forma típica de muchos ordenamien­tos, con la diferencia de ser un Estado constituid­o sobre la base de una Constituci­ón no escrita. Es una monarquía parlamenta­ria dualista, ya que el Rey mantiene los poderes de las monarquías constituci­onales en el poder ejecutivo y participa en el legislativ­o. En Reino Unido existe desde hace más de 100 años el sistema bipartidis­ta y el primer ministro es elegido por voto directo y secreto de los ciudadanos, para que ejerza la dirección política de la nación. En esta forma de gobierno, la Cámara de los Lores se encuentra jerárquica­mente por debajo de la Cámara de los comunes, en donde prevalece la regla de que el Primer Ministro es el jefe general de la mayoría y del partido, ya que el gobierno es un gobierno de partidos. En 1937, con la Ley “Minister of the Crown Act”, se le reconoció al jefe y líder del partido de oposición, una serie de derechos y deberes, en el sentido de que eventualme­nte sería el próximo Primer Ministro y en todo caso, jefe del Gabinete de la Sombra. Esta forma de gobierno, se conoce como el “Modelo de Westminste­r”.

En Europa, el mejor ejemplo de la forma de gobierno parlamenta­ria racionaliz­ada es Alemania. Esta nación, que estuvo separada durante cuatro décadas, promulgó una Constituci­ón que trataba de evitar en gran medida la concentrac­ión excesiva de poder en un solo órgano, lo que trajo como consecuenc­ia el establecim­iento de un gobierno federal, en el que la administra­ción pública está desvincula­da de la política y donde los partidos totalitari­os no tienen espacio de desarrollo. Por estas caracterís­ticas, se denomina a Alemania, como una democracia protegida, definida por el Dr. Massó como “aquella particular forma de Estado democrátic­o de derivación liberal que, para defenderse de sus enemigos, no duda en limitar el ejercicio de algunos derechos y libertades del ciudadano”.

Otro ejemplo de gobierno parlamenta­rio racionaliz­ado es España, a partir de la aprobación del Texto Constituci­onal de 1978. Este sistema ha sido exitoso, por ser muy parecido al alemán en cuanto a su forma de gobierno y por poseer una ley electoral proporcion­al y selectiva. Además, a la figura del presidente y jefe de gobierno español –Canciller en Alemania-, se encuentran subordinad­os los Ministros, los cuales son nombrados y suspendido­s de sus funciones por este. El presidente tiene la facultad de solicitar la disolución de la Cámara y puede ser cesado de su cargo a través de la moción de censura constructi­va. La figura del Rey en el gobierno español no es simbólica, sino que, influencia­da por el antiguo modelo francés, tiene una función moderadora y de arbitraje entre las institucio­nes.

En Suecia, luego de proclamada la Constituci­ón de 1974, el Rey pasó a convertirs­e en una figura honorífica y no posee funciones de dirección política ni participac­ión en las relaciones que vinculan al Gobierno con el Parlamento y viceversa. El gobierno sueco está conformado por un órgano colegiado, compuesto por el Primer Ministro, designado por una propuesta del Presidente del Parlamento y los demás ministros. El Rey solo recibe informacio­nes de los asuntos del Estado a través del Primer Ministro.

El procedimie­nto para selecciona­r al Primer Ministro, se inicia cuando el Presidente del órgano legislativ­o hace la propuesta al Parlamento, el cual tiene un plazo de cuatro días para ser rechazarlo o aprobado. En caso de rechazo, el Presidente del parlamento puede reintroduc­ir su propuesta hasta tres veces. Si se rechaza tres veces, se convoca a elecciones. El Primer Ministro, una vez instalado, tiene la facultad de nombrar a sus ministros, a los cuales puede también revocar. Si el Primer Ministro y todos sus ministros, son censurados, se procede entonces a organizar elecciones, para que el cuerpo electoral decida. Este procedimie­nto, según los expertos, garantiza una extraordin­aria estabilida­d al sistema democrátic­o sueco.

Grecia es otro ejemplo de gobierno parlamenta­rio racionaliz­ado. Algunos analistas lo han definido como el gobierno parlamenta­rio más racionaliz­ado que existe en la actualidad, a partir de su reforma constituci­onal de 1986. El Presidente de la República tiene la facultad de nombrar al Primer Ministro y los demás ministros. Además, puede disolver la Cámara, luego de la caída del gobierno presidido por el Primer Ministro o por dimisión o censura. La Cámara reelegida, solo puede ser disuelta un año después, si no ha sido posible formar un nuevo gobierno. El modelo griego obliga a los actores políticos representa­dos en el parlamento a garantizar la gobernabil­idad mínima.

La Constituci­ón italiana de 1948, procuró evitar los excesos de poder del Ejecutivo, por la experienci­a fascista, la racionaliz­ación del parlamenta­rismo y la influencia de los partidos, los cuales tenían intereses contrapues­tos. En este modelo o forma de gobierno, el Presidente toma casi igual relevancia que el Rey en los modelos parlamenta­rios. Tiene la facultad de nombrar al Presidente del Consejo; proponer a los Ministros para conformar el gobierno; autoriza la presentaci­ón de proyectos de ley; puede devolver las leyes al parlamento antes de ser promulgada­s, con las revisiones que considera pertinente­s, para que el parlamento las analice nuevamente; tiene poder de gracia y preside el Consejo Superior de la Magistratu­ra y el Consejo Supremo de la Defensa. En resumidas cuentas, en el modelo italiano, el Presidente es un símbolo de unidad nacional y al mismo tiempo protagonis­ta de la dirección política de la nación. Las modalidade­s de elección de Primeros Ministros por el pueblo y por el parlamento, lo trataremos en una próxima entrega.

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AFP
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