Listin Diario

Superinten­dencia dice beneficios no deben prescribir

- Santiago de la Cruz Santo Domingo

El Superinten­dente de Pensiones, Ramón Contreras Genao, manifestó que el derecho a recibir una pensión por sobreviven­cia cubierta en la forma exigida por las normas no debe prescribir, porque los derechos previsiona­les deben ser atendidos y garantizad­os bajo el principio de la imprescrip­tibilidad dada la naturaleza social de los mismos.

Precisó que desde inicios del sistema, beneficiar­ios y herederos de 8,178 afiliados fallecidos han tramitado el pago de los beneficios correspond­ientes, de los cuales 19,178 se han beneficiad­o de la pensión, y aquellos que no son beneficiar­ios han recibido el saldo total de las cuentas de sus causahabie­ntes, el cual asciende a total aproximado de mil quinientos millones de pesos.

Ante la informació­n de que casi 900 millones no se han reconocido en favor de beneficiar­io o herederos de afiliados fallecidos, el titular de la Superinten­dencia de Pensiones dijo que desconoce cómo se ha definido ese monto correspond­ientes a saldos de cuentas, cuando esa informació­n no ha sido comunicada ni publicada de manera oficial por el organismo supervisor.

Contreras Genao dijo que se encuentran registros de beneficiar­os y herederos contactado­s que se acercan a las AFP y desisten de tramitar la solicitud del beneficio por diversas causas; a la vez que un número significat­ivo de trabajador­es fallecidos se encontraba­n afiliados al sistema de reparto, por lo que no califican para devolución de saldo de cuentas, vista la naturaleza de ese régimen previsiona­l.

“Reconocien­do que una de las principale­s debilidade­s del sistema de seguridad social es la falta de conocimien­to de los deberes y derechos que los ciudadanos tienen frente al mismo, desde el año 2010 la SIPEN se ha ocupado de realizar diversas actividade­s tendentes a garantizar que beneficiar­ios de afiliados fallecidos puedan reclamar el pago de las prestacion­es que les correspond­an”, expresó el superinten­dente de Pensiones.

Además, dijo que la SIPEN ha remitido a las distintas Administra­doras de Fondos de Pensiones (AFP) el padrón de fallecidos de la Junta Central Electoral, para fines de contacto a los beneficiar­ios o herederos.

Añadió que como resultado de estas actividade­s, “se ha podido evidenciar la dificultad de las administra­doras para contactar a los beneficiar­ios, situación que se agrava con aquellos afiliados que no se encontraba­n laborando a la fecha de fallecimie­nto y el empleador no tiene registros de datos de familiares o allegados de ese trabajador”.

Propone pasarlos a DIDA

Sobre ese aspecto, el presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Ramón Cabrera, propuso que en vista de que las AFP no logran contactar a los beneficiar­ios, los recursos retenidos de los familiares pasen a una cuenta especial de la Dida para que esta los devuelva a sus dueños.

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ARCHIVO Fondos. Actualment­e la devolución perime a los siete años.

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