Residencia de EEUU y declaración de impuestos
Yadira Clementina Morel y Morel nació en Santiago de los Caballeros el 23 de abril de 1950.
Es titulada de Doctora en Derecho en la Nova University, de Fort Lauderdale, Florida, en 1984, con maestría en Estudios Legales Internacionales, en New York University, del estado de New York, en 1977; licenciada en derecho “Cum Laude” en la Universidad Católica Madre y Maestra, de Santiago.
Es miembro de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración y está admitida como Doctora en Derecho en todas las cortes del estado de la Florida.
Ha sido reconocida por la embajada de EEUU en la República Dominicana.
Pregunta. Tengo residencia americana pero vivo más tiempo en República Dominicana que en Estados Unidos. Nunca he trabajado allá razón por la cual nunca he declarado impuestos. Qué debo hacer.
Respuesta.
Todos los residentes americanos deben declarar sus ingresos sin importar el lugar donde vivan.
Pregunta.
Solicité una visa de tránsito para viajar a Japón a través de Estados Unidos y me otorgaron una visa B1/B2 de 10 años la cual tengo entendido que es una visa de negocios y turismo. ¿Qué debo hacer?
Respuesta.
No tiene problema entre a Estados Unidos con su visa B2 y continúe su viaje a Japón.
Pregunta.
Tengo cita de residencia con mis dos hijos de 8 y 12 años de edad, si nos dan la residencia, ¿necesitaré permiso del padre de mis niños para salir del país?
Respuesta.
Si, la Dirección General de Migración requiere el permiso de ambos padres para los niños menores de edad viajar fuera del país.
Pregunta.
Tengo una hija ciudadana americana la cual tiene 18 años, ¿puede ella solicitarme la residencia antes de cumplir 21 años?
Respuesta. No, los de hijos ciudadanos americanos pueden solicitar residencia para sus padres y solo pueden hacerlo si tiene 21 años o más.
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