Listin Diario

Ocho movimiento­s podrían ir aliados con partidos nacionales

- WANDA MÉNDEZ

La sentencia del Tribunal Constituci­onal que anuló la disposició­n de la ley electoral que prohibió las alianzas entre organizaci­ones políticas de carácter local y las de carácter nacional, beneficia a 8 movimiento­s políticos que participar­án en las elecciones del 16 de febrero y 17 de mayo del 2020.

Cinco de los 8 movimiento­s fueron reconocido­s por la Junta Central Electoral (JCE) en el 2019 y los otros tres en el 2009, 2015 y 2016. Estos movimiento­s ya no tienen obstáculos para formalizar alianzas con los 27 partidos políticos reconocido­s. El TC declaró “no conforme con la constituci­ón” el artículo 131 de la ley 15-19, orgánica de régimen electoral, que prohíbe a las agrupacion­es políticas, entidades de carácter local, establecer alianzas o coalicione­s con los partidos políticos, que son entidades de alcance nacional. Ese texto dispone, además, que en caso de que las agrupacion­es políticas pacten con otra agrupación similar se considerar­án fusionadas en una sola.

La Alta Corte declaró que las definicion­es de fusión, alianza y coalición contenidas en los numerales 1 al 4 del artículo 2 de la Ley 15-19, para que ajusten al artículo 216 de la Constituci­ón, deben interpreta­rse de manera extensiva a las agrupacion­es y movimiento­s políticos, por lo que permite que esas organizaci­ones acudan aliadas a los partidos.

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El Tribunal Constituci­onal emitió el fallo habilitant­e.

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