Listin Diario

El cumplimien­to en crisis sanitaria

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En el contexto de la pandemia mundial en la que están operando las empresas actualment­e, los diversos escenarios desarrolla­dos con respecto al impacto económico nos advierten de retos a corto, mediano y largo plazo. Es necesario prepararse ahora de manera proactiva y profesiona­l para hacer frente a la crisis y posibilita­r la recuperaci­ón económica.

En el ámbito jurídico, el derecho civil (renegociac­ión de contratos, invocación de causas de fuerza mayor), el derecho laboral (medidas de reducción de la jornada laboral, teletrabaj­o, reducción de personal), negocios (reorganiza­ciones, reestructu­raciones, liquidacio­nes, escisiones), el derecho fiscal o el derecho de seguros (indemnizac­ión) son preocupaci­ones prioritari­as para los actores económicos.

Sin embargo, hay un ámbito que corre el riesgo de quedar al margen o relegado a un último lugar, el cumplimien­to.

Las razones de ello son simples: en un entorno de crisis económica y sani- taria mundial, el cumplimien­to parecería representa­r un gasto que se puede postergar, dando prioridad a las decisiones respecto de las áreas productiva­s o aquellas que tienen un impacto más palpable en la recuperaci­ón económica de la empresa.

Pensar de esta manera sería, en efecto, un gran error derivado de una visión a corto plazo de las implicacio­nes de esta situación mundial.

Es precisamen­te en el contexto de la crisis donde se pondrá de manifiesto la importanci­a crucial del cumplimien­to: por una parte, es necesario reforzar sus procedimie­ntos, la preparació­n de los colaborado­res para ajustarse a las nuevas contingenc­ias, en especial los que forman parte de los equipos www.sib.gob.do/content/ de cumpliment­o, así como circular-sib-no-00820 ). también actualizar todas En un entorno económico sus herramient­as en función incierto, con medios de los nuevos riesgos y métodos de trabajo que revelados por la crisis. han tenido que adaptarse

Así pues, todo período (como el teletrabaj­o), los de crisis e incertidum­bre peligros que amenazan a se convierte en un escenario las empresas y, en general, favorable que puede a todas las organizaci­ones ser aprovechad­o para intentar son numerosos. Por ejemplo, inyectar el fruto de la toma de decisiones actividade­s ilícitas en el en caso de emergencia, circuito económico legal omitiendo el equipos y establecer nuevas actividade­s de cumplimien­to los riesgos ilícitas (ver las publicacio­nes de corrupción, ya sea del Presidente la corrupción de funcionari­os del Gafi, 1ro. de abril públicos, el riesgo de 2020 : https://www.fatfgafi.org/publicatio­ns/fatfgenera­l/documents/statement-covid-19.html, soborno y corrupción en relación con medidas estatales o decisiones administra­tivas. y del

Gafilat el 8 de abril 2020 Por ejemplo, el cierre de http://www.gafilat.org/ los establecim­ientos, el soborno index.php/es/espanol/19noticias/102-comunicado­del-gafilat-sobre-covid-19coronavi­rus). de agentes privados para acceder a recursos en un contexto de escasez, o el riesgo de corrupción en relación con la remuneraci­ón variable de ciertos empleados basada en su volumen de contratos. (Ver el artículo de Frédéric Cordel, fundador de FC Consulting, número especial Covid 19, BRDA páginas 49, 50 y 51 “Actualizac­ión de la matriz de riesgos de corrupción en el contexto de la epidemia de Covid 19”). Para poner remedio a ello hay que señalar ciertos elementos (y en particular el hecho de que la actitud de las estructura­s es, y será, analizada de manera muy exigente y detallada por la opinión pública durante y después de la crisis): - “Tone from the Top”: es responsabi­lidad de la Alta Dirección inculcar la importanci­a del cumplimien­to y darle un papel clave en los procesos de toma de decisiones y contrataci­ón, y esto es aún más cierto en tiempos de crisis.

Este momento de incertidum­bre y una carrera desenfrena­da por la recuperaci­ón económica podría conducir a actitudes condenable­s para establecer relaciones comerciale­s ignorando el enfoque basado en riesgos, entendiend­o erróneamen­te que el fin justifica los medios.

Las obligacion­es en materia de cumplimien­to son más estrictas en el sector bancario, por lo que, aunque no son de carácter obligatori­o para otros sectores, inspirarse en ellas puede resultar rico en enseñanzas. La lectura de la Circular SIB 008/20 emitida por la Superinten­dencia de Bancos el 21 de abril pasado y publicada el 22 de abril de 2020, puede ser edificante en algunos aspectos (Ver https://

EN UN ENTORNO ECONÓMICO INCIERTO, PELIGROS QUE AMENAZAN A LAS EMPRESAS Y, EN GENERAL, A TODAS LAS ORGANIZACI­ONES, SON NUMEROSOS.

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