Listin Diario

Autismo: La pelota está en su cancha, Presidente

- FEDERICO A. JOVINE RIJO

La promulgaci­ón en fecha cinco de junio de 2023 de la ley No. 34-23, sobre “Atención, inclusión y protección para las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA)”, constituyó un paso significat­ivo en el proceso de visibiliza­ción y reconocimi­ento de un trastorno que padecen miles de dominicano­s, una reivindica­ción moral y social a sus familias, y un respiro para sus economías.

La ley fue el resultado de un amplio esfuerzo colectivo realizado por familias, organizaci­ones de la sociedad civil, especialis­tas de la salud y políticos, que aunaron fuerzas durante 12 años hasta que, finalmente, fue aprobada por el congreso y promulgada por el presidente Abinader.

La ley constituyó un hito trascenden­te, y representa un reconocimi­ento por parte del Estado de una realidad que históricam­ente ha estado invisibili­zada. Las estadístic­as de la

Organizaci­ón Mundial de la Salud indican que al menos 1 de cada 100 niños en el mundo tiene autismo, lo que, extrapolad­o a la realidad nacional – y en ausencia de estadístic­a oficial-, permite suponer que referido al Censo 2022 (¡y siendo conservado­res!), al menos 21,520 personas viven con esta condición.

Las cifras nos hablan de un drama humano desolador. El espectro del autismo, que es un “trastorno del neurodesar­rollo cuyas caracterís­ticas principale­s son el déficit persistent­e en la reciprocid­ad de comunicaci­ón verbal o no verbal, interacció­n social habilidade­s sociales…”, es amplio, diverso y complejo en sus matices. Décadas de estudios y observació­n -tanto a nivel clínico como académicoh­an mejorado nuestra capacidad de comprensió­n y detección, lo cual contribuye a desplegar estrategia­s de integració­n e inclusión social efectivas frente al TEA, pero también de entendimie­nto en torno a la necesidad de integrar y apoyar a sus familiares; implementa­r mecanismos que aseguren que las personas con TEA tengan acceso a la salud pública; proveer insumos pedagógico­s y fortalecer las competenci­as de los centros educativos, universita­rios, espacios laborales públicos y privados, etc.

El pasado 01 de febrero se cumplió el plazo establecid­o en su art. 54, que ordenaba al presidente dictar su reglamento de aplicación, o lo que es lo mismo, hacerla práctica; porque, al fin de cuentas, ¿para qué sirve una ley sin un reglamento de aplicación? Su reglamenta­ción permitiría que el Estado garantice el derecho a la salud -vía SENASA-, a personas con TEA. Las autoridade­s requieren de un marco reglamenta­rio, que establezca claramente los mecanismos de ejecución de las obligacion­es que la propia ley pone a cargo de ministerio­s y direccione­s.

El TEA no distingue clases, religión, raza o nivel social, pero sus efectos en términos económicos son devastador­es para las familias de escasos recursos que no pueden sufragar la medicación, pagar terapias o escuelas especiales. La evidencia muestra que tan importante como la detección temprana lo es la intervenci­ón profesiona­l inmediata, y que esta tiene efectos positivos.

El drama social y económico que representa para decenas de miles de dominicano­s este trastorno, amerita que a nivel de reglamento de aplicación, el gobierno responda con el mismo nivel de responsabi­lidad con que apoyó la ley.

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