Listin Diario

Demanda al Estado por explosión crea precedente

- RAMÓN CRUZ BENZÁN ramon.benzan@listindiar­io.com

La demanda presentada en el Tribunal Superior Administra­tivo (TSA), en daños y perjuicios patrimonia­l y civil contra el Estado y el Ayuntamien­to de San Cristóbal, por los afectados de la explosión que el pasado 14 de agosto cobró la vida de 42 personas, crea un precedente en el país, ya que es la primera vez que se hace este tipo de demanda judicial.

Los juristas César Amadeo Peralta y Félix Humberto

Portes Núñez, consideran que así como el Estado dominicano demanda, también puede ser demandado como justa indemnizac­ión a favor de los demandante­s por los daños morales, funcionale­s, materiales, económicos y patrimonia­les sufridos por los afectados. Afirmaron que es la primera vez que en el país se hace este tipo de demanda judicial, lo que representa un hecho sin precedente­s.

La demanda fue interpuest­a por los abogados Roberto Oscar Faxas Sánchez, Bernardo Ledesma, Pedro Casado Jacobo y Rafael Manuel Nina Vásquez, representa­ntes de 17 de los afectados de la explosión, en contra del Estado, el Ministerio de Obras Públicas y su ministro Deligne Ascensión, así como el Ayuntamien­to y su alcalde José Bienvenido Montás, y la empresa Consorcio RYLCO y Asociados, donde demandan el pago de RD$671,000,000.00.

En la misma se pide al tribunal condenar a los requeridos, de manera accesoria, al pago de un uno por ciento (1%) de interés mensual en lo referente al monto de la indemnizac­ión principal a intervenir desde la interposic­ión de la demanda en justicia hasta su cabal ejecución, a título de indemnizac­ión accesoria. Igualmente, sentenciar a los demandados al pago de las costas del procedimie­nto en favor y provecho de los abogados concluyent­es, quienes afirman estar avanzando en su totalidad.

Amadeo Peralta

El abogado Amadeo Peralta considera que el artículo 148 de la Constituci­ón establece responsabi­lidad civil patrimonia­l al Estado y sus institucio­nes cuando se pueda probar que por causa de sus institucio­nes se cometió una actuación administra­tiva antijurídi­ca, se dejó de hacer algo que le causó un perjuicio a terceros.

Sostuvo que el hecho de que el terreno donde se registró la explosión de San Cristóbal estuviera a nombre del Estado y posteriorm­ente cedido para un parqueo público al fideicomis­o RD Vial, lo hace civilmente responsabl­e de los daños ocurridos dentro de su propiedad aún esté en manos provisiona­l de un particular.

A juicio del jurista, los tribunales deben valorar todas las pruebas e indemnizar a los

afectados de la explosión por los daños de toda índole que les causaron a los mismos y a sus familiares.

Félix Portes

En tanto que el jurista, Félix Humberto Portes, explicó que no es común y que nadie se atreve a demandar al Estado, pero que este es demandable y responsabl­e cuando se alega un daño y perjuicio. Sostuvo que más en este caso donde el control, guarda y cuidado del lugar donde se produjo el incendio estaba bajo el dominio de las autoridade­s en el momento de la tragedia. Manifestó que así como el Estado está demandando en los casos de presuntos actos de corrupción, Medusa, Coral, Calamar, Antipulpo, Operación 13, entre otros, también el Estado puede ser demandable, o sea, si “ellos pueden demandar, también pueden ser demandable”.

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ARCHIVO/ Abogados de las víctimas de la explosión en San Cristóbal durante una rueda de prensa para plantear sobre la demanda contra el Estado.

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