Demanda al Estado por explosión crea precedente
La demanda presentada en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), en daños y perjuicios patrimonial y civil contra el Estado y el Ayuntamiento de San Cristóbal, por los afectados de la explosión que el pasado 14 de agosto cobró la vida de 42 personas, crea un precedente en el país, ya que es la primera vez que se hace este tipo de demanda judicial.
Los juristas César Amadeo Peralta y Félix Humberto
Portes Núñez, consideran que así como el Estado dominicano demanda, también puede ser demandado como justa indemnización a favor de los demandantes por los daños morales, funcionales, materiales, económicos y patrimoniales sufridos por los afectados. Afirmaron que es la primera vez que en el país se hace este tipo de demanda judicial, lo que representa un hecho sin precedentes.
La demanda fue interpuesta por los abogados Roberto Oscar Faxas Sánchez, Bernardo Ledesma, Pedro Casado Jacobo y Rafael Manuel Nina Vásquez, representantes de 17 de los afectados de la explosión, en contra del Estado, el Ministerio de Obras Públicas y su ministro Deligne Ascensión, así como el Ayuntamiento y su alcalde José Bienvenido Montás, y la empresa Consorcio RYLCO y Asociados, donde demandan el pago de RD$671,000,000.00.
En la misma se pide al tribunal condenar a los requeridos, de manera accesoria, al pago de un uno por ciento (1%) de interés mensual en lo referente al monto de la indemnización principal a intervenir desde la interposición de la demanda en justicia hasta su cabal ejecución, a título de indemnización accesoria. Igualmente, sentenciar a los demandados al pago de las costas del procedimiento en favor y provecho de los abogados concluyentes, quienes afirman estar avanzando en su totalidad.
Amadeo Peralta
El abogado Amadeo Peralta considera que el artículo 148 de la Constitución establece responsabilidad civil patrimonial al Estado y sus instituciones cuando se pueda probar que por causa de sus instituciones se cometió una actuación administrativa antijurídica, se dejó de hacer algo que le causó un perjuicio a terceros.
Sostuvo que el hecho de que el terreno donde se registró la explosión de San Cristóbal estuviera a nombre del Estado y posteriormente cedido para un parqueo público al fideicomiso RD Vial, lo hace civilmente responsable de los daños ocurridos dentro de su propiedad aún esté en manos provisional de un particular.
A juicio del jurista, los tribunales deben valorar todas las pruebas e indemnizar a los
afectados de la explosión por los daños de toda índole que les causaron a los mismos y a sus familiares.
Félix Portes
En tanto que el jurista, Félix Humberto Portes, explicó que no es común y que nadie se atreve a demandar al Estado, pero que este es demandable y responsable cuando se alega un daño y perjuicio. Sostuvo que más en este caso donde el control, guarda y cuidado del lugar donde se produjo el incendio estaba bajo el dominio de las autoridades en el momento de la tragedia. Manifestó que así como el Estado está demandando en los casos de presuntos actos de corrupción, Medusa, Coral, Calamar, Antipulpo, Operación 13, entre otros, también el Estado puede ser demandable, o sea, si “ellos pueden demandar, también pueden ser demandable”.