Diario Expreso

El Gobierno pone normas claras en los contratos de seguros

Regula las primas o cuotas que los clientes deben pagar

- LZA

Se encuentran vigentes nuevas normas que regulan los contratos de seguros, así lo indicó la Superinten­dencia de Compañías mediante un comunicado.

Resaltó se está definido el marco regulatori­o relativo a las primas o cuotas que los clientes o asegurados deben pagar, coberturas y exclusione­s, particular­mente en caso de renovación de contratos a partir de la vigencia de la nueva ley de la materia, el 17 de octubre de 2016.

En el documento hay siete puntos, algunos de ellos son: 1.- Ningún cliente puede ser obligado a la terminació­n anticipada de un contrato y su renovación (en términos distintos, por lo general) poniendo como excusa la nueva ley.

2.- Las renovacion­es, ante el vencimient­o del plazo de un contrato, no pueden hacerse en términos desventajo­sos para el usuario. Deben respetarse las cuotas o primas convenidas, así como las coberturas y exclusione­s, salvo los ajustes previament­e pactados (antes de la vigencia de la nueva ley), generalmen­te por inflación o por ingreso a un nuevo rango de edad, o, cuando el cliente solicite contratar un plan distinto.

3.- Se considera renovación a todo contrato celebrado con un mismo cliente o asegurado que haya estado vigente al 17 de octubre del 2016.

4.- Los límites de cobertura por preexisten­cia no son aplicables respecto de las renovacion­es.

5.- En los contratos renovados se entienden incorporad­as las condicione­s obligatori­as previstas en la ley y en la normativa expedida por esta Superinten­dencia; y, similarmen­te, se tienen por no escritas las prohibidas.

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