El Gobierno pone normas claras en los contratos de seguros
Regula las primas o cuotas que los clientes deben pagar
Se encuentran vigentes nuevas normas que regulan los contratos de seguros, así lo indicó la Superintendencia de Compañías mediante un comunicado.
Resaltó se está definido el marco regulatorio relativo a las primas o cuotas que los clientes o asegurados deben pagar, coberturas y exclusiones, particularmente en caso de renovación de contratos a partir de la vigencia de la nueva ley de la materia, el 17 de octubre de 2016.
En el documento hay siete puntos, algunos de ellos son: 1.- Ningún cliente puede ser obligado a la terminación anticipada de un contrato y su renovación (en términos distintos, por lo general) poniendo como excusa la nueva ley.
2.- Las renovaciones, ante el vencimiento del plazo de un contrato, no pueden hacerse en términos desventajosos para el usuario. Deben respetarse las cuotas o primas convenidas, así como las coberturas y exclusiones, salvo los ajustes previamente pactados (antes de la vigencia de la nueva ley), generalmente por inflación o por ingreso a un nuevo rango de edad, o, cuando el cliente solicite contratar un plan distinto.
3.- Se considera renovación a todo contrato celebrado con un mismo cliente o asegurado que haya estado vigente al 17 de octubre del 2016.
4.- Los límites de cobertura por preexistencia no son aplicables respecto de las renovaciones.
5.- En los contratos renovados se entienden incorporadas las condiciones obligatorias previstas en la ley y en la normativa expedida por esta Superintendencia; y, similarmente, se tienen por no escritas las prohibidas.