Reflexiones sobre SPP
El artículo 168 del Capítulo III de la Naturaleza, Misión y Funciones de la entidad establece que el Servicio de Protección Público (SPP) es una entidad pública, especializada, jerarquizada, civil, armada…”. También establece que el SPP dará cobertura de seguridad integrada a funcionarios (más adelante del texto incluye a familiares) y a “personas relevantes”. ¿Quién es una persona relevante? ¿Cuáles serán los criterios para determinar que una persona lo sea?
De los artículos que definen lo que es falta leve, grave, gravísimas, salta a la vista que las faltas giran alrededor del manejo de la información que tendría a su cargo el Servicio de Protección Público. Ejemplo de faltas graves, “efectuar publicaciones y declaraciones a los medios, descuidar la documentación calificada”, etc. Ejemplo de faltas gravísimas, en primer lugar, “revelar por cualquier medio de información o documentación que haya llegado a su conocimiento por el desempeño de su cargo o función; publicar información de la gestión, vulnerar seguridades de los medios in- formáticos de la institución”. Todo gira, desmesuradamente, alrededor de la información y no de la persona. Cabe decir que en quinto lugar se pone como falla el “no cumplir disposiciones relativas al trabajo...” y el artículo 170 tiene como primera función del SPP la protección personal.
Aclaro que este no es un estudio del texto normativo, solo hago reflexiones de ciertos artículos. La información es clave para el manejo de la seguridad, nadie lo duda. Pero una espera que, por lo menos y ante el discurso urgente del oficialismo de necesitar protección, se presenten motivaciones para comprender por qué los militares y los policías no satisfacen sus necesidades. ¿Si no sirven para ello, de ser del caso, servirán para nosotros?
El Ministerio del Interior es el jefe de la Policía Nacional, de una policía que, de lo que se lee, se subordinará al SPP cuando lo requiera. En todo caso, si algo hace mal o deja de hacer y esta acción u omisión causa daño a una persona, el Estado será civilmente responsable.