La Asamblea debe autorizar
No obstante que hay criterios jurídicos respetables que no coinciden con la petición de autorización a la Asamblea Nacional para que pueda vincularse al vicepresidente de la República, Jorge Glas, en la tramitación del juicio que por asociación ilícita se encuentra tramitando el juez de la Corte Nacional de Justicia, Dr. Miguel Jurado, expresamente solicitó a la Asamblea Nacional dicha autorización.
Frente a este hecho consumado es necesario destacar que la Asamblea Nacional deberá pro- nunciarse autorizando el enjuiciamiento en contra del vicepresidente; pero es digno de destacarse que el juicio que se tramita y por el cual se lo podría vincular, es el delito de asociación ilícita, que es un delito medio, llamado así por la doctrina penal porque esa asociación tiene por objeto cometer otros delitos, razón por la cual podría haber lo que se llama un concurso material de infracciones.
Una vez que la Asamblea Nacional le autorice al fiscal general vincular al vicepresidente de acuerdo con la ley, el plazo de la instrucción se ampliará en treinta días improrrogables.
Esta nueva etapa de la vinculación corre a cargo del fiscal general y si durante los 30 días antes indicados, los resultados de la investigación hacen variar justificadamente la calificación jurídica de la imputación hecha en la formulación de cargos, el fiscal deberá solicitar al juez, en este caso al Dr. Miguel Jurado, una audiencia para motivar la reformulación de cargos, hecho lo cual el plazo de la instrucción se incrementará en 30 días improrrogables, sin que el fiscal pueda soli-
...el delito de asociación ilícita, que es un delito medio, llamado así por la doctrina penal porque esa asociación tiene por objeto cometer otros delitos...’.