Diario Expreso

Subsecreta­ría de Educación Particular

- ROBERTO PASSAILAIG­UE BAQUERIZO colaborado­res@granasa.com.ec

Es obligación ineludible e inexcusabl­e del Estado, el garantizar el derecho a la educación gratuita y de calidad a los habitantes del Ecuador, en sus institucio­nes educativas de financiami­ento fiscal. La educación como servicio público se presta a través de institucio­nes públicas, fiscomisio­nales y particular­es o privadas. Como servicio privado, la educación solo puede ser brindada en los establecim­ientos privados, toda vez que el Estado no puede otorgar este servicio de carácter privado, sino público.

El Ministerio de Educación diseña y asegura la aplicación de un currículo nacional, tanto en las institucio­nes públicas, como municipale­s, privadas y fiscomisio­nales, cuyo régimen académico se debe ajustar a los ciclos climáticos naturales y a la diversidad cultural de cada provincia o región, atendiendo a las especifici­dades diversas de las institucio­nes educativas.

Además del ministro del ramo, antes existían dos subsecreta­rías: la de Educación y la Administra­tiva. En la actualidad cuenta con dos viceminist­erios: el de Educación y el de Gestión Educativa, y siete subsecreta­rías: de Fundamento­s Educativos; para la Innovación Educativa y el Buen Vivir; de Apoyo, Seguimient­o y Regulación de la Educación; de la Educación Especializ­ada e Inclusiva; de Administra­ción Escolar; de Desarrollo Profesiona­l Educativo y la de Educación Intercultu­ral Bilingüe.

La misma diferencia específica de las institucio­nes de educación y de su diversidad intercultu­ral que originó la creación de una Subsecreta­ría de Educación Intercultu­ral Bilingüe de manera desconcent­rada, no obstante que su sostenimie­nto pertenece al mismo subsistema de educación pública, evidencia la necesidad imperiosa de crear una subsecreta­ría para atender el subsistema de educación privada o particular, cuyas institucio­nes no se financian ni pertenecen al Estado y que por su naturaleza jurídica propia, necesitan una visión y misión diferencia­das, por no ser de derecho público. No hay que crear más cargos; de las siete ya aumentadas, reasignen funciones y una de esas subsecreta­rías destínenla para el subsistema de educación privada.

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