“La justicia desconoce la interculturalidad”
Se puede definir como el respeto a la integración y crecimiento por igual de las distintas culturas existentes, en este caso en nuestro país. Lograrlo implica aprender a respetar las diferencias y costumbres, que en muchos casos son únicas y propias de cada etnia, pueblo o nacionalidad.
¿Cómo percibe la interculturalidad el pueblo indígena?
Para el pueblo indígena no existe ningún problema con la interculturalidad. El respeto a ser diferente y aprender de los demás es parte de su filosofía de vida. Las comunidades mantienen sus costumbres, tradi- ciones y forma de vida, respetando a los demás, es algo que se refleja en su cotidianidad.
¿Qué dificultades se presentan para aplicarla?
Existe un sinnúmero de factores, como la hegemonía cultural, carencia de políticas de Estado, jerarquías sociales, obstáculos en la comunicación, marcada exclusión en el ejercicio y respeto de los derechos humanos y de género.
¿El pueblo indígena siente que se respeta la interculturalidad?
Considero que el problema del respeto o no de la interculturalidad no está en los pueblos y nacionalidades indígenas, sino en el Estado con sus institu- ciones y autoridades, quienes no respetan los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas consagrados en la Constitución de la República, a más de en los tratados y convenios internacionales.
¿Algún caso en particular que pueda mencionar donde no se cumpla con la interculturalidad?
Un ejemplo claro es en la aplicación del principio de interculturalidad en la justicia ordinaria, consagrado en el art. 21 de Código Orgánico de la Función Judicial, donde los operadores de justicia la desconocen o simplemente no les interesa cumplir.
¿Cuál sería el objetivo de apli- car el principio intercultural?
Que los jueces y fiscales busquen un verdadero sentido a las normas aplicadas de conformidad con la cultura propia de ciudadanos indígenas o pertenecientes a un pueblo o nacionalidad procesados dentro de la justicia ordinaria.
¿Cómo deberían aplicar los jueces y fiscales?
Es importante que al momento de resolver los casos en la justicia ordinaria, los jueces y fiscales observen la particularidad del ciudadano indígena y que, en el peor de los casos, si existe sanción esta sea atenuada con base en una interpretación intercultural.