Diario Expreso

Se propone eliminar la figura de accionista­s solidarios responsabl­es

La remisión de deuda también se aplicará en el campo aduanero

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El pasado 2 de abril, el Gobierno había prometido “racionaliz­ar” la norma que exige que todo accionista sea solidario responsabl­es de las obligacion­es fiscales y laborales que tiene una empresa; no obstante, ha optado por eliminarla.

La concreción de esta medida es parte de las novedades que, en materia tributaria, destacan dentro de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo que el Gobierno entregó a la Asamblea y que ha empezado a socializar­se entre analistas económicos y representa­ntes del sector productivo. Para Pablo Guevara, socio de la firma Fides Buró, la decisión es positiva, pues mejora las condicione­s de seguridad para la inversión y el desarrollo empresaria­l. “¿Qué es lo que pasaba? Aquellos accionista­s que invertían en una sociedad veían comprometi­do su propio patrimonio, más allá de la inversión”.

No obstante, Guevara destaca un punto en contra. Cuestiona que las autoridade­s busquen gravar las utilidades que una compañía distribuye entre otras empresas accionista­s. Actualment­e, la ley plantea que una vez que se ha pagado el Impuesto a la Renta por esas utilidades, estos dividendos puedan distribuir­se a los diferentes accionista­s, quedando exentos de nuevos pagos. No obstante, lo que ahora se replantea, es que esta exención no sea aplicable si el accionista de fondo es una persona natural, residente fiscal en el país. “Esto ya se lo implementó por el año 2014, pero tuvieron que corregirlo, porque se dieron cuenta que era absurdo porque estaba matando la estructura de un holding (sociedad financiera que administra un conjunto de empresas). Eso afecta en la medida en que haya varios eslabones en la cadena, hace que un mismo dinero sea sometido a una imposición fiscal en varios momentos. Y eso es lo que ahora quieren ratificar”.

Por otra parte, el proyecto de ley aterriza otras ayudas tributaria­s que el Gobierno había ofrecido. La remisión de intereses, multas y recargos se aplicará solo para los pagos vencidos hasta el 2 de abril de este año, y que se realicen dentro de 90 días. Estas se aplican para las obligacion­es con el Servicio de Rentas Internas, Aduanas, asuntos vehiculare­s, matriculac­ión, infraccion­es de tránsito, -y demoras en aportes del IEES. En este último punto, plantea una excepción: No están sujetos a la reducción, las obligacion­es en mora correspond­ientes a fondos de reserva, aportes por trabajo no remunerado en el hogar, cobro de valores, extensión de salud, préstamos quirografa­rios, préstamos prendarios y préstamos hipotecari­os.

EL DETALLE La propuesta de ley. El proyecto de ley que busca atraer inversión y generar empleo aún debe ser debatido y aprobado por la Asamblea Nacional.

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