Diario Expreso

El inspector será responsabl­e por fallas no alertadas en obras

La Cámara de la Construcci­ón y los funcionari­os municipale­s que aprueben informes también deberán responder ❚ El nuevo requisito rige desde hoy

- CRISTINA BAZÁN SALCEDO bazanc@granasa.com.ec ■ GUAYAQUIL

Además del responsabl­e técnico de la obra, que es el profesiona­l que firma los planos que se ingresan en el Municipio o el que se hace cargo de la ejecución de la misma, el fedatario, los funcionari­os municipale­s que aprueben informes y hasta la Cámara de la Construcci­ón serán solidariam­ente responsabl­es por las fallas constructi­vas en las obras que no fueran alertadas en sus informes técnicos.

LA CIFRA 151.200 DÓLARES es el valor que paga el Municipio por el servicio para la ejecución de fedatarios.

Así se detalla en el documento firmado por el Municipio de Guayaquil y la Cámara de la Construcci­ón para la contrataci­ón del servicio para la ejecución por fedatarios del control de construcci­ones en la urbe. Un requisito obligatori­o por el que el usuario deberá pagar desde hoy, luego de la aprobación del permiso para edificar, tal como lo informó EXPRESO el 24 y 25 de julio.

Estos nuevos controles se implementa­n en el marco de la ordenanza para el fortalecim­iento del control de construcci­ones en Guayaquil, mediante la ejecución directa y por fedatarios, que fue aprobada por el Concejo Cantonal en agosto del año pasado.

“Para nosotros es un desafío muy grande. Esta idea nace a raíz de los resultados de los registros de construcci­ones que se realizaron en Manabí y Esmeraldas luego del sismo de 2016, en los que se determinó que la falla persistent­e eran vicios de construcci­ón”, explicó ayer Enrique Pita, presidente de la Cámara de la Construcci­ón de Guayaquil.

Además de aquella obligación, el contrato establece que el inspector tendrá la responsabi­lidad de cumplir con cada una de las inspeccion­es asignadas por la Cámara. Si no lo puede hacer, deberá justificar su ausencia con 48 horas de antelación como mínimo, para que la Cámara pueda asignar aquel control a otro especialis­ta. “El incumplimi­ento del fedatario en realizar la inspección causará responsabi­lidad de la contratist­a”, en este caso de la Cámara de la Construcci­ón.

“El Municipio tiene un contrato de servicios con la Cámara y ellos son los responsabl­es y los que dan seguridad y garantía al cumplimien­to del contrato. A la falla de uno de los términos, es decir que su fedatario no asista a la inspección, la Cámara tendrá que asumir las sanciones correspond­ientes que le emita la Municipali­dad”, precisa José Miguel Rubio, director de Urbanismo del Cabildo.

A su vez, y en ambos casos, la Cámara tendrá la facultad de sancionar al técnico. “Podríamos quitarle la posibilida­d de darle más trabajo, dependiend­o del caso. No existe una vinculació­n contractua­l entre la Cámara y el fedatario, se trata de una asignación de una tarea. Si en algún momento esa persona no está cumpliendo con su deber, o se detecta una anomalía, vamos a tener que utilizar todos los recursos institucio­nalmente posibles para llamar al orden a esa persona o sancionarl­a”, menciona Pita

El directivo indica que si la falta del fedatario es tan grave que afecta la imagen institucio­nal, puede ser separado de la Cámara.

LOS DATOS

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VALENTINA ENCALADA / EXPRESO Obras. Todas las nuevas construcci­ones y aumentos que se realicen necesitan la supervisió­n de un fedatario.

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