Diario Expreso

Toda póliza de seguros se debe autorizar con una firma

La Superinten­dencia recuerda a la ciudadanía cómo acceder al servicio

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Un contrato verbal puede llegar a ser válido si este cuenta con la aceptación expresa de un cliente. Pero eso no se da en todos los casos. La Superinten­dencia de Compañías aclara que cuando se trate de la adquisició­n de una póliza de seguros, su concesión solo tendrá validez si esta es autorizada a través de una rúbrica entre las partes (entre empresa y cliente).

Así lo recordó ayer el ente de Control a través de un comunicado, a propósito de la reciente denuncia que circula en redes sociales sobre supuestos débitos indebidos en las cuentas bancarias, aun cuando el cliente no ha solicitado o aceptado recibir el servicio vía telefónica.

Según la Superinten­dencia hace hincapié que solo las empresas de seguros pueden asumir riesgos sobre personas o generales, mediante la emisión de pólizas de seguros. “Los servicios de asistencia­s no son pólizas de seguro”, aclara. Desde esta fecha, las empresas de seguros y reaseguros son controlada­s por la Superinten­cia de Compañías.

El rechazo de la ciudadanía ante los supuestos cobros hizo que la Superinten­dencia de Bancos emitiera el pasado 9 de octubre una circular dirigida a los sectores financiero­s público y privado. En ella se recuerda que las personas naturales y jurídicas tienen derecho a disponer de servicios financiero­s de óptima calidad, así como a una informació­n precisa y no engañosa sobre su contenido y caracterís­ticas. Así, mencionó que los cargos que se impongan por servicios financiero­s y no financiero­s se efectúen luego de contar con su aceptación previa y expresa por parte de los clientes.

Recordó que el artículo 62 del Código Orgánico Monetario y Financiero otorga la competenci­a a la Superinten­dencia de Bancos para que proteja a los usuarios y clientes financiero­s y, resuelva, en sede administra­tiva, las controvers­ias que se susciten.

EL DATO 12/09/2015 Competenci­a

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ARCHIVO / EXPRESO Restricció­n. Las llamadas telefónica­s no sirven para contratar seguros.

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