Diario Expreso

El plazo para devolver débitos a los clientes es de 30 días

La Junta de Política y Regulación Monetaria creó el procedimie­nto

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Las entidades financiera­s tienen un plazo de 30 días para comprobar la existencia de los documentos o pruebas de las autorizaci­ones de débito, en los casos de reclamo. El plazo corre desde el 26 de octubre desde cuando rige la Resolución 463 que establece que cuando no existan tales autorizaci­ones, las entidades financiera­s procederán a realizar las devolucion­es sobre el monto del reclamo, más los intereses causados, calculados desde la fecha en la que ocurrieron los débitos o cargos objeto del reclamo.

Para facilitar los reclamos, las institucio­nes deberán habilitar todos los canales físicos o tecnológic­os que estos requieran, incluyendo líneas telefónica­s específica­s, accesos a las páginas web o las indicacion­es en los estados de cuenta.

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