Diario Expreso

El reglamento no lo es todo, falta ejecutar otras acciones

Para las industrias, las reglas para la Ley de Fomento Productivo son claras ❚ Para el comercio, son discrecion­ales ❚ Para un experto, el holding pagará más tributos

- LINA ZAMBRANO zambranol@granasa.com.ec ■ GUAYAQUIL

Las opiniones están divididas. Para unos gremios empresaria­les, el reglamento de la Ley de Fomento Productivo es claro. Pero para el presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, Pablo Arosemena, es discrecion­al. Para el Gobierno no es así.

Pero “el comerciant­e queda atrapado en tramitolog­ía y lo discrecion­al de la burocracia”, dijo Arosemena.

Para Pablo Guevara, socio de Andersen Tax & Legal Ecuador y experto tributario, el documento legal tiene puntos buenos, por ejemplo, el aumento en deducción de impuestos por los gastos de publicidad. Antes era de un 4 % y lo sube a un 20 por ciento.

EL DETALLE Oficial. Para el Gobierno, el reglamento protege el espíritu de la Ley de Fomento. Es inclusivo, no permite discrecion­alidades, genera empleo y otros beneficios.

Guevara destacó que el reglamento hace inviable la existencia del holding. Por ejemplo, una compañía productora local paga su Impuesto a la Renta (IR) con una base imponible de $ 1.000, cancela $ 250. Le queda $ 750 para dar al holding. Aquí habrá una segunda retención a la fuente, pagará el 25 %; que son $ 187,5. Le queda $ 562 para dar a la persona natural (accionista).

“Hay una especie de doble pago de impuesto sobre un mismo dividendo”, dijo.

Agregó que la persona natural debe pagar su impuesto, pero usa como crédito tributario lo cancelado por el holding y cancela $ 9,35. Es decir, que se paga $ 446,85 en impuesto de $ 1.000. Eso es alrededor de un 45 % por ser un holding. Si no fuera, pagaría un 35 %.

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