Todas las obras, vigiladas
El control de las construcciones se hace a través de los fedatarios, luego de que el Municipio notara las secuelas estructurales que dejó el terremoto de 7,8 que sacudió a Ecuador en 2016. Un profesional visita la obra y verifica que esté construyéndose de acuerdo con las normas. de la Cámara, al decir que “nadie más la tiene en Guayaquil”.
El cuestionamiento ya fue publicado por este Diario en agosto pasado, y llegó a la Procuraduría ese mes, tras una demanda de nulidad de contrato solicitada por un grupo de profesionales liderados por el arquitecto Carlos Ochoa Quezada, que el alcalde nombra en este nuevo oficio como un “excontratista municipal”.
Ochoa, en conversación reciente con este Diario, recuerda que la demanda la impuso por cuanto considera que la exclusividad de que el contrato beneficie a la Cámara de la Construcción es visto por el colectivo de arquitectos como una “discriminación profesional”.
El director de Urbanismo, Avalúos y Ordenamiento Territorial, José Miguel Rubio, refuta esa postura y dice que ningún profesional afín a la construcción está excluido de convertirse en fedatario.
Señala que por ley es prohibido obligar a un profesional a afiliarse a un gremio, que es otra de las quejas de Ochoa.
En agosto, Nebot recordó en este Diario que la Cámara lo que hace es organizar que los profesionales realicen las inspecciones, y que “nadie excluye a los arquitectos. Constructores son todos, no solamente los ingenieros civiles. También los arquitectos son contratados”.
“Todo lo que hacemos aquí es legal, es constitucional, la Cámara solo coordina”, insistió en este mes.
El magíster en Derecho Constitucional Alejandro Vanegas, tras leer la documentación, considera que “el Municipio de Guayaquil, mediante el Concejo Cantonal, cumplió con todos los presupuestos legales y constitucionales para celebrar el contrato con la Cámara de la Construcción” y que, por ende, “las conclusiones del informe de la Procuraduría General del Estado son erróneas”.
Y señala que quien ha pagado la revisión no debe preocuparse por dicho informe, pues el contrato no ha sido declarado nulo. “La Procuraduría no tiene la capacidad legal ni constitucional para hacerlo”.
Para aquello, explica, la entidad deberá acudir ante la justicia ordinaria y presentar una demanda de nulidad de contrato, para que un Tribunal Contencioso Administrativo así lo declare mediante sentencia.