Error inexcusable para jueces del caso Isaías
La Corte Nacional negó el habeas corpus que obtuvieron en Guayaquil
Tres jueces de la sala Penal de la Corte de Guayas incurrieron en error inexcusable al conceder un habeas corpus preventivo solicitado por Jorge Zavala, defensor de los hermanos Isaías.
Lo resolvió la sala de lo Contencioso y Administrativo de la Corte Nacional de Justicia que recibió la apelación del juez Reinaldo Cevallos, de la Unidad Judicial Penal Norte de Guayaquil por ese fallo.
Con la acción de habeas corpus preventivo el procurador judicial de los expropietarios de Filanbanco buscaba evitar la detención de sus clientes en caso de ser deportados al país.
El 13 de febrero, Roberto y William Isaías fueron detenidos por un tema migratorio para una investigación de rutina. Una de las posibilidades era su deportación.
El pasado 15 de marzo la jueza federal Kathleen Williams dispuso su libertad luego de una audiencia efectuada en Miami, Estados Unidos.
La resolución de la Corte Nacional tiene algunas lecturas. Zavala por ejemplo se mostró satisfecho con el contenido. Según él, los jueces reconocieron la vigencia de la acción que presentó y que fue reconocida por la Corte Federal del Estado de la Floridaee.uu., cuyo efecto fue la libertad de los Isaías.
Uno de los elementos que habría pesado en esa liberación, habría sido el habeas corpus concedido por los jueces de Guayas, por la jurisdicción universal que tiene esa acción.
En febrero, cuando Zavala presentó el recurso aseguró que la finalidad era dejar sin efecto la ‘amenaza’ y permitir el libre ejercicio del derecho de la libertad de tránsito, si los exbanqueros llegaban al Ecuador.
Sobre la declaratoria de error inexcusable cree que es un tema disciplinario que no tiene relación con lo de fondo. Añadió: “Además ya cumplió su finalidad y la libertad de los hermanos es una realidad”.
Juristas consultados por EXPRESO tienen otra lectura. El catedrático Felipe Rodríguez insiste en la inexistencia del habeas corpus preventivo. Califica como correcta la actuación de la Corte al rechazar ese recurso que se debe presentar cuando hay privación de la libertad, “es para reclamar el cuerpo de una persona, no cuando no está privado de la libertad”, precisó.
Los jueces de la sala Penal de Guayas son los primeros en recibir una declaratoria de haber incurrido en error inexcusable. En la administración del expresidente del Consejo de la Judicatura Gustavo Jalkh, esa resolución estaba en manos del pleno del organismo.
La jueza de la Corte de Guayas, Ivonne Núñez, señaló que siempre se sostuvo que el pleno del Consejo violaba el artículo 131, numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial al destituir a los jueces por esa figura sin que se haya declarado previamente. El artículo 131 faculta a los jueces a declarar la incorrección en la tramitación o el error inexcusable de las actuaciones procesales.
El exfiscal Pablo Encalada considera que el fallo de la Corte Nacional es un buen precedente porque es en la vía jurisdiccional, a través de la apelación, que los jueces superiores revocan la decisión y califican como error inexcusable.
EL CASO LA FRASE