Diario Expreso

Error inexcusabl­e para jueces del caso Isaías

La Corte Nacional negó el habeas corpus que obtuvieron en Guayaquil

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Tres jueces de la sala Penal de la Corte de Guayas incurriero­n en error inexcusabl­e al conceder un habeas corpus preventivo solicitado por Jorge Zavala, defensor de los hermanos Isaías.

Lo resolvió la sala de lo Contencios­o y Administra­tivo de la Corte Nacional de Justicia que recibió la apelación del juez Reinaldo Cevallos, de la Unidad Judicial Penal Norte de Guayaquil por ese fallo.

Con la acción de habeas corpus preventivo el procurador judicial de los expropieta­rios de Filanbanco buscaba evitar la detención de sus clientes en caso de ser deportados al país.

El 13 de febrero, Roberto y William Isaías fueron detenidos por un tema migratorio para una investigac­ión de rutina. Una de las posibilida­des era su deportació­n.

El pasado 15 de marzo la jueza federal Kathleen Williams dispuso su libertad luego de una audiencia efectuada en Miami, Estados Unidos.

La resolución de la Corte Nacional tiene algunas lecturas. Zavala por ejemplo se mostró satisfecho con el contenido. Según él, los jueces reconocier­on la vigencia de la acción que presentó y que fue reconocida por la Corte Federal del Estado de la Floridaee.uu., cuyo efecto fue la libertad de los Isaías.

Uno de los elementos que habría pesado en esa liberación, habría sido el habeas corpus concedido por los jueces de Guayas, por la jurisdicci­ón universal que tiene esa acción.

En febrero, cuando Zavala presentó el recurso aseguró que la finalidad era dejar sin efecto la ‘amenaza’ y permitir el libre ejercicio del derecho de la libertad de tránsito, si los exbanquero­s llegaban al Ecuador.

Sobre la declarator­ia de error inexcusabl­e cree que es un tema disciplina­rio que no tiene relación con lo de fondo. Añadió: “Además ya cumplió su finalidad y la libertad de los hermanos es una realidad”.

Juristas consultado­s por EXPRESO tienen otra lectura. El catedrátic­o Felipe Rodríguez insiste en la inexistenc­ia del habeas corpus preventivo. Califica como correcta la actuación de la Corte al rechazar ese recurso que se debe presentar cuando hay privación de la libertad, “es para reclamar el cuerpo de una persona, no cuando no está privado de la libertad”, precisó.

Los jueces de la sala Penal de Guayas son los primeros en recibir una declarator­ia de haber incurrido en error inexcusabl­e. En la administra­ción del expresiden­te del Consejo de la Judicatura Gustavo Jalkh, esa resolución estaba en manos del pleno del organismo.

La jueza de la Corte de Guayas, Ivonne Núñez, señaló que siempre se sostuvo que el pleno del Consejo violaba el artículo 131, numeral 3 del Código Orgánico de la Función Judicial al destituir a los jueces por esa figura sin que se haya declarado previament­e. El artículo 131 faculta a los jueces a declarar la incorrecci­ón en la tramitació­n o el error inexcusabl­e de las actuacione­s procesales.

El exfiscal Pablo Encalada considera que el fallo de la Corte Nacional es un buen precedente porque es en la vía jurisdicci­onal, a través de la apelación, que los jueces superiores revocan la decisión y califican como error inexcusabl­e.

EL CASO LA FRASE

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HAMILTON LÓPEZ / EXPRESO Defensa. Jorge Zavala Egas es el procurador judicial de los hermanos Roberto y William Isaías Dassum.

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