Mandato 13
Siempre definimos a los famosos mandatos como un horror jurídico atentatorio de la democracia, pues no puede existir la posibilidad de que desde el poder público se generen actos libres del control judicial, así estos sean dados a luz por una Asamblea Constituyente que ilegítimamente se autodeterminó de “plenos poderes”. Ese “poder” determinó que la incautación realizada por la AGD, acto administrativo, a las empresas del grupo Isaías no tenga posibilidad alguna de impugnación. Cabe anotar que cuando el legislador ignora el contenido esencial de los derechos y legisla con ese vacío, sobredimensionando las prerrogativas estatales y superblindándolas, quiebra el ordenamiento jurídico, sobre lo cual siempre debe responder,
Expresadas estas consideraciones jurídicas con rango constitucional veamos cuánto nos costará como país el Mandato 13, ya que está enfrentando la necesidad de adecuar la resolución del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que condena al Ecuador por haber violado el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Humanos,
resolución que dice así: “El Comité de Derechos Humanos, actuando en virtud del artículo 5(4) del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dictamina que el Estado Parte violó el derecho de los autores bajo el artículo 14, 1 del Pacto a un proceso con las debidas garantías en la determinación de sus derechos u obligaciones de carácter civil… El Estado Parte tiene la obligación de proporcionar a los autores un recurso efectivo. En cumplimiento de esta obligación el Estado debe dar plena reparación a las personas cuyos derechos reconocidos en el Pacto hayan sido violados”.
El Estado ecuatoriano tendrá que reparar los daños; tarde o temprano tendrá que hacerlo. ¿Cuánto costó quebrar las empresas y la estabilidad de los empleados? ¿Será susceptible de sanción que la incautación se haya convertido en una plataforma desde donde se abusó y golpeó el patrimonio de medios decentes y personas naturales?
¿Estamos listos como sociedad a defender la seguridad jurídica y los derechos humanos por encima de antipatías y afectos?