El dilema entre las restricciones por seguridad y la limitación de las protestas
La Corte Constitucional prohíbe este tipo de bloqueos a ciudadanos
El 9 de Octubre, Guayaquil se convirtió en campo de batalla. La convocatoria para esa tarde que hizo el Partido Socialcristiano con el fin de “defender la democracia” chocó con decenas de manifestantes contra las medidas económicas que desde la mañana de ese día se tomaron el casco central.
Miembros de las Fuerzas Armadas, durante alrededor de ocho horas, disiparon con gases, toletazos y hasta perros a quienes llegaron del segundo grupo, para evitar la confrontación con los de camisa blanca. La alcaldesa pidió que asistan con esa indumentaria.
Andrea Crespo estuvo del lado de los manifestantes contra las medidas. Es catedrática universitaria y artista. Pudo vivir “represión”, aseguró.
“Protestar no equivale a vandalismo, pero al parecer durante ese y los otros días de paro esos conceptos fueron confundidos”, criticó el excandidato a alcalde de Guayaquil Eduardo Argudo, quien también acudió a las manifestaciones.
Argudo, conocedor de Derecho Penal y catedrático de la Universidad de Guayaquil, invitó a analizar si los actos delincuenciales que se produjeron fueron consecuencia de concentrar todo el contingente de las Fuerzas Armadas para “reprimir al protestante”.
La Corte Constitucional fue clara con Ecuador, recordó. “No se puede afectar el derecho a la protesta, asociación o resistencia pacífica, ni siquiera en estado de excepción. Eso no se respetó y es atentar contra la democracia”, criticó.
“El gobernador del Guayas, Pedro Pablo Duart, entiende de una manera restrictiva los derechos de las personas”, apuntó por su parte el constitucionalista Xavier Flores.
En una rueda de prensa a inicios de la semana pasada, la Defensoría del Pueblo notificó que está en curso una investigación para determinar si hubo violaciones de los derechos humanos durante el paro, ante ciertos episodios de la Policía considerados como un uso excesivo de la fuerza en las manifestaciones.
A fecha de cierre 13 de octubre, el día en que se llegó al acuerdo con los indígenas, se contabilizaban 1.192 personas aprehendidas. De esa cifra, alrededor de 400 pertenecen a Guayas. Defensoría calificó que de esas aprehensiones, el 76 % no fueron procesadas y, por ende, fueron arbitrarias e ilegales.
Además, se señaló que la cifra de ocho fallecidos se registró durante los días de huelga, en manifestaciones, esto aunque la ministra de Gobierno, María Paula Romo, apuntó a otros motivos.
Hay también 1.340 personas heridas entre civiles y uniformados y algunos de los casos son lesiones permanentes, como pérdida de un ojo, quemaduras graves o incrustación de perdigones en rostro y cuerpo. Al respecto, el gobernador del Guayas ha dicho que de determinarse que hubo abuso de efectivos se tomarán las medidas necesarias para que los agentes sean castigados de acuerdo a la ley.
LAS FRASES
Las protestas pacíficas no deben ser reprimidas o disueltas por la Fuerza Pública.
XAVIER FLORES AGUIRRE, experto en Derecho Constitucional
Querer hacer aparecer al manifestante como vándalo es un error que parece intencionado.
EDUARDO ARGUDO, experto en Derecho Penal