Corte ratifica habeas corpus a detenido para desintoxicación
La fallo reza que en estos casos el afectado debe ser llamado a declarar
La Corte Constitucional ratificó el recurso de habeas corpus concedido a un ciudadano que fue retenido en contra de su voluntad para ser recluido en un centro de desintoxicación para personas alcohólicas y drogadictas. En su fallo, los jueces establecen que, en próximos procesos similares, es necesaria la comparecencia y el testimonio del afectado en la audiencia.
El caso inicia el 1 de octubre de 2012 cuando el ciudadano Lauro Vinicio Luna Liendres es retenido por unas personas encapuchadas mientras se encontraba con unos amigos en una cancha del cantón Pasaje, provincia de El Oro. Su hijo, John Luna, presentó el recurso de habeas corpus. El director del centro le declaró a este último que recibió un pago de 1.400 dólares, por lo que tiene que cumplir el contrato de internamiento. La autorización la firmó la sobrina del afectado.
El 16 de octubre de 2012 se realizó la audiencia en las instalaciones del centro donde estaba retenido Luna. El director negó que estuviera retenido o que fuera privado de su libertad por personas encapuchadas. El juez concedió el recurso.
La Corte, en su sentencia, dispone al Consejo de la Judicatura publicar el fallo en su página web y difundirlo por el periodo de seis meses y una sola vez a los correos de los operadores judiciales. Terminado el plazo, el Consejo deberá informar a la Corte sobre el cumplimiento de la sentencia.