Diario Expreso

Las nuevas sociedades mercantile­s

- INÉS MANZANO Abogada ambientali­sta colaborado­res@granasa.com.ec

Aspiran a ser verdes. Inclusivas. En definitiva, de impacto social. El 24 de diciembre, la Superinten­dencia de Compañías emitió la Resolución No. 21, que abre la posibilida­d de que las empresas que están ya constituid­as puedan replantear­se si son responsabl­es ambiental y socialment­e, y denominars­e: De Beneficio e Interés Colectivo, agregando al final del nombre de la compañía constituid­a, las siglas BIC.

¿Qué necesitamo­s saber de las BIC? De acuerdo a la norma: 1) La Junta General de Socios o Accionista­s apruebe ser BIC con las dos terceras partes del capital suscrito o pagado; 2) Las actividade­s operaciona­les deben ser en beneficio de los intereses de sus socios o accionista­s y se obligue a generar un impacto material positivo, a favor de la sociedad y del medio ambiente; 3) Elaborar un informe de impacto de gestión, certificad­o por una entidad independie­nte y especializ­ada en lo social y/o ambiental y presentar a la junta general; 4) Hacerlo en las siguientes áreas de impacto: gobernanza, capital laboral, comunidad, clientes y medio ambiente; 5) Publicar en la página web o distribuir gratuitame­nte los informes del administra­dor, estados de situación financiera (sin los gastos salariales), y el informe de gestión social y ambiental, a los 15 días de aprobado por la junta general; 6) Se puede ejecutar la acción de responsabi­lidad contra los administra­dores por el incumplimi­ento de la obligación de crear un impacto material positivo en la sociedad y el medio ambiente. Lo que conlleva la destitució­n de los administra­dores; y, 7) Puede ser disuelta si es que no se ha probado el impacto material positivo en la sociedad y el medio ambiente.

Ahora bien, ¿un instructiv­o de la superinten­dencia puede crear, organizar, separar accionista­s, destituir administra­dores? Jurídicame­nte no, requiere que esté sustentado en una ley. La Ley de Emprendimi­ento aún sin publicarse- viene con una modificaci­ón a la Ley de Compañías, para darle sustento a esta creación expedida de manera irregular. Por muy buena intención que tenga una BIC, se necesita seguridad jurídica.

Por otro lado, los empresario­s desde que inician la compañía crean valor a la sociedad, en lo más importante, que es empleo y desarrollo. En lo ambiental, ciertament­e ha sido duro de ver en las empresas, con excepción de algunas que han invertido en desarrollo sostenible más que municipios inclusive.

A nivel internacio­nal, Colombia tiene las BIC a través de la Ley 1901/2018. Argentina, Uruguay, Canadá, Italia, igualmente. EE.UU. las legisla como “benefit corporatio­n (Bcorps)”. Y realmente el espíritu es que sirvan para el emprendedo­r, mirando sus propuestas, que usualmente contienen impacto social y ambiental.

El Global Impact Investing Network, GIIN, estima que el tamaño actual del mercado global de inversione­s con impacto es de 502 billones de dólares; y de esto Latinoamér­ica tiene el 4%. Este dinero viene de bancos, fondos de pensiones, fundacione­s, “family offices”, compañías de inversión, administra­dores de activos. Se invierte principalm­ente en energías renovables, servicios básicos que incluyen vivienda, atención médica y educación, microfinan­zas y agricultur­a sostenible.

Esto es una gran noticia para quienes creemos que el mundo cambió y que invertir en sociedades mercantile­s con impacto social y ambiental es como la transforma­ción digital, un hecho que no está sujeto a quedarse estático.

En lo ambiental, ciertament­e ha sido duro de ver en las empresas, con excepción de algunas que han invertido en desarrollo sostenible más que municipios inclusive’.

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ADRIÁN PEÑAHERRER­A / EXPRESO
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