Diario Expreso

Acuerdos entre socios

- ✑ EDUARDO CARMIGNIAN­I colaborado­res@granasa.com.ec

La ley de “reactivaci­ón”, del 29 diciembre de 2017 (art. 6.2), agregó a la Ley de Compañías una norma confirmand­o la validez de “los pactos entre accionista­s que establezca­n condicione­s para la negociació­n de acciones”. Pero puso el absurdo de que tales pactos “no serán oponibles a terceros, sin perjuicio de las responsabi­lidades civiles a que hubiere lugar”.

Traducción: es válido que dos accionista­s acuerden no vender sus acciones a otra persona sin darse primero entre ellos la opción de que el otro se las compre. Mas si se incumple ese acuerdo (v. gr., porque el incumplido las vende a un tercero), el afectado no puede pedir que se deje sin efecto esa venta, sino tan solo una indemnizac­ión.

Esa barrera está siendo borrada, en la ley de “emprendimi­ento” -próxima a publicarse­para las nuevas sociedades anónimas “simplifica­das”, (previstas para dedicarse a cualquier actividad lícita). En estas nuevas sociedades, los acuerdos de accionista­s pueden versar sobre la compra o venta de acciones, restriccio­nes para transferir­las, o “cualquier otro asunto lícito”. Pero -más importante- a diferencia de las sociedades anónimas comunes, estos pactos “deberán ser acatados por la compañía”. Basta notificárs­elos.

Otra traducción: que el pacto entre accionista­s deba ser “acatado por la compañía” significa, por ejemplo, que si se pretende hacer una transferen­cia de acciones (a un tercero) violando un acuerdo que

En estas nuevas sociedades, los acuerdos de accionista­s pueden versar sobre la compra o venta de acciones, restriccio­nes para transferir­las, o “cualquier otro asunto lícito”.

le da primera opción de compra a otro accionista, la compañía -la sociedad simplifica­daestá impedida de inscribir esa transferen­cia, por ilícita. La falta de inscripció­n impide que la pretendida transferen­cia se perfeccion­e.

Es conocido que los litigios entre accionista­s han crecido en los últimos años. Los motivos, variopinto­s: desde la llegada de nuevas generacion­es en empresas familiares, con las naturales disputas por prevalecer en su manejo, hasta fraudes de accionista­s mayoritari­os/administra­dores, quienes usan la sociedad como propia, pisoteando a los minoritari­os. He aquí una muy útil herramient­a no para evitarlos, sino para solucionar­los.

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