Diario Expreso

Cambios en la norma de cálculo para pago de pensiones

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Verdaderam­ente los asambleíst­as quedan debiendo al país en su totalidad, ya que la violación de los derechos de los servidores y trabajador­es para el caso del cálculo de las pensiones jubilares fue efectiviza­do en septiembre de 2017, y recién se enteran de esta violación.

El artículo 32 de la Ley de Seguridad Social habla de las atribucion­es y deberes del Director General, entre los cuales NO está el modificar la ley de seguridad social, porque esto es deber de la Asamblea, pero ni la famosa comisión de los derechos de los trabajador­es y la seguridad social se dio por enterada de esta anomalía, que ahora tratan de remediar, pero según las declaracio­nes de estos asambleíst­as, dicha violación seguirá ocurriendo.

Hablan de la modificaci­ón que se dio ilegalment­e, al cambiar la fórmula para el cálculo aritmético por uno geométrico para las pensiones jubilares.

Pero solo hablan de modificar esta fórmula para que los futuros jubilados cobren con la fórmula aritmética, lo que sería una tremenda ilegalidad y un despropósi­to, ya que se vería que esta ley, con la fórmula aritmética, estuvo vigente hasta agosto de 2017 y desde la reforma futura en adelante. ¿Qué pasará con el periodo septiembre 2017 hasta cuando se reforme la ley?

Señores, se deberá en una disposició­n transitori­a subsanar esta violación, autorizand­o al IESS para que en un plazo no mayor a 45 días se hagan los recálculos de las pensiones mal calculadas del periodo detallado.

Recuerden, asambleíst­as, que una reparación de violacione­s a los derechos a destiempo no es reparación, se han tomado más de tres años para tratar de solucionar esto; ¡hagan su trabajo bien y háganlo a tiempo!

Francisco Alcívar Villegas

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