Corte Constitucional falla a favor del alza salarial de los maestros
El presidente Guillermo Lasso sufre un revés para su Gobierno
Los maestros se encadenaron a postes de luz, hicieron plantones, estuvieron en huelga de hambre y se pincharon con agujas para desangrarse. Querían llamar la atención de los jueces de la Corte Constitucional, quienes tenían en sus manos la decisión de dar paso al alza salarial o archivarla.
El viernes, la Corte Constitucional falló a favor de los maestros y en contra de la demanda de inconstitucionalidad presentada por el presidente Guillermo Lasso en contra de la Ley de Educación Intercultural.
El principal argumento del Ejecutivo y el motivo por el que vetó totalmente la ley fue que la norma atenta con el principio de sostenibilidad fiscal.
En términos económicos, el Gobierno ha señalado que el aumento de los salarios causa un impacto económico en la proforma y que rodea los $2.000 millones al año.
Para la Corte, la ausencia de un informe del Ministerio de Finanzas en donde se detallen las fuentes que cubrirán el pago de los salarios “no determina la inconstitucionalidad” de la ley. “El aseguramiento de la sostenibilidad fiscal a propósito de un determinado proyecto de ley no puede reducirse a un trámite burocrático en el que el ministerio rector de las finanzas públicas extiende un certificado sobre la existencia o no de fondos suficientes para cubrir las erogaciones que se proyectan”, dice el fallo.
El criterio del abogado constitucionalista, Ismael Quintana, es que “no había razones de inconstitucionalidad, sino de conveniencia”. Agrega que el veto total del presidente estuvo mal planteado. “Pudo haber presentado un veto parcial solo por lo del alza salarial y mandar un texto alternativo. Pero se lava las manos y manda a la Corte un veto que no tenía fundamento constitucional”.
Para Gonzalo Muñoz, especialista en Derecho Constitucional, la Corte reconoce que la Asamblea deliberó las fuentes de financiamiento y calculó un impacto fiscal en $ 494 millones al año. “Ha cumplido los requisitos, ha señalado las fuentes de financiamiento: la venta de petróleo, la recaudación de impuestos y por lo tanto la Corte dice que el principio de sostenibilidad fiscal no es un fin en sí mismo, sino es un medio para garantizar otros derechos como la educación”.
Alberto Acosta Burneo, editor de la revista económica Análisis Semanal, cree que la sentencia coloca una gran carga en las finanzas públicas sin un correcto análisis de la situación real que atraviesa el país. “Para este año, el Estado tenía una necesidad de financiamiento de $ 9.000 millones para lograr cubrir todo, pero ahora con esto lo principal es establecer cuál es el verdadero impacto económico porque se han dado varias cifras”.
El segundo argumento de Acosta es que el Gobierno debe hacer una reingeniería y recortar gastos engorrosos en donde pueda, por ejemplo en la tramitología y entidades regulatorias, que implica sostener edificios y salarios por trámites que deberían estar digitalizados.