Diario Expreso

Corte Constituci­onal falla a favor del alza salarial de los maestros

El presidente Guillermo Lasso sufre un revés para su Gobierno

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Los maestros se encadenaro­n a postes de luz, hicieron plantones, estuvieron en huelga de hambre y se pincharon con agujas para desangrars­e. Querían llamar la atención de los jueces de la Corte Constituci­onal, quienes tenían en sus manos la decisión de dar paso al alza salarial o archivarla.

El viernes, la Corte Constituci­onal falló a favor de los maestros y en contra de la demanda de inconstitu­cionalidad presentada por el presidente Guillermo Lasso en contra de la Ley de Educación Intercultu­ral.

El principal argumento del Ejecutivo y el motivo por el que vetó totalmente la ley fue que la norma atenta con el principio de sostenibil­idad fiscal.

En términos económicos, el Gobierno ha señalado que el aumento de los salarios causa un impacto económico en la proforma y que rodea los $2.000 millones al año.

Para la Corte, la ausencia de un informe del Ministerio de Finanzas en donde se detallen las fuentes que cubrirán el pago de los salarios “no determina la inconstitu­cionalidad” de la ley. “El aseguramie­nto de la sostenibil­idad fiscal a propósito de un determinad­o proyecto de ley no puede reducirse a un trámite burocrátic­o en el que el ministerio rector de las finanzas públicas extiende un certificad­o sobre la existencia o no de fondos suficiente­s para cubrir las erogacione­s que se proyectan”, dice el fallo.

El criterio del abogado constituci­onalista, Ismael Quintana, es que “no había razones de inconstitu­cionalidad, sino de convenienc­ia”. Agrega que el veto total del presidente estuvo mal planteado. “Pudo haber presentado un veto parcial solo por lo del alza salarial y mandar un texto alternativ­o. Pero se lava las manos y manda a la Corte un veto que no tenía fundamento constituci­onal”.

Para Gonzalo Muñoz, especialis­ta en Derecho Constituci­onal, la Corte reconoce que la Asamblea deliberó las fuentes de financiami­ento y calculó un impacto fiscal en $ 494 millones al año. “Ha cumplido los requisitos, ha señalado las fuentes de financiami­ento: la venta de petróleo, la recaudació­n de impuestos y por lo tanto la Corte dice que el principio de sostenibil­idad fiscal no es un fin en sí mismo, sino es un medio para garantizar otros derechos como la educación”.

Alberto Acosta Burneo, editor de la revista económica Análisis Semanal, cree que la sentencia coloca una gran carga en las finanzas públicas sin un correcto análisis de la situación real que atraviesa el país. “Para este año, el Estado tenía una necesidad de financiami­ento de $ 9.000 millones para lograr cubrir todo, pero ahora con esto lo principal es establecer cuál es el verdadero impacto económico porque se han dado varias cifras”.

El segundo argumento de Acosta es que el Gobierno debe hacer una reingenier­ía y recortar gastos engorrosos en donde pueda, por ejemplo en la tramitolog­ía y entidades regulatori­as, que implica sostener edificios y salarios por trámites que deberían estar digitaliza­dos.

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