Rechazan suspender explotación en Yasuní
La explotación petrolera en el sector Ishpingo se inició el 13 de abril
Una jueza rechazó una demanda para suspender la explotación petrolera del campo Ishpingo, perteneciente al Bloque 43-ITT, que se encuentra dentro del Parque Nacional Yasuní, la mayor reserva natural situada en territorio continental ecuatoriano.
Demanda interpuesta por la Alianza por los Derechos Humanos, que solicitaba medidas cautelares a favor de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario que habitan el Parque Nacional Yasuní, debido a los perjuicios que pueden ocasionar los trabajos de extracción y actividad petrolera a su modo de vida.
Sin embargo, la magistrada Ana Guerrón, de la Unidad Judicial Penal de Iñaquito, en Quito, anunció la tarde del miércoles su decisión de desestimar la demanda y las medidas cautelares con base en las alegaciones presentadas por el Gobierno y la empresa estatal Petroecuador.
De acuerdo con la jueza, no se ha evidenciado en la documentación presentada asentamientos de pueblos aislados en las zonas donde se producen los impactos de la operación petrolera y, con esto, justifica que “no existe gravedad ni inminencia”.
La Alianza por los Derechos Humanos del Ecuador basa su demanda en que el estudio de impacto ambiental reconoce que la operación petrolera generará impactos físicos, especialmente el ruido, en la zona de amortiguamiento de la reserva, donde se encuentra gran diversidad de flora y fauna. También adujo que los pueblos en aislamiento voluntario se mueven no solo en la ZITT (Zona Intangible Tagaeri Taromenane), por lo que se puede ocasionar un irreparable daño a una de sus fuentes de vida.