Diario Expreso

Remisión y condonació­n

- JUAN CARLOS DÍAZ GRANADOS colaborado­res@granasa.com.ec

Comencemos por diferencia­r conceptos. Según el Código Tributario, la remisión tributaria es una forma de extinción de la obligación tributaria. La última remisión de impuestos fue aprobada mediante la Ley de Fomento Productivo, publicada el 21 de agosto del 2018, durante el Gobierno de Moreno. Esa ley permitía la condonació­n de intereses, multas y recargos tributario­s, siempre y cuando el contribuye­nte cancele la totalidad del capital principal adeudado dentro del plazo establecid­o en relación con obligacion­es tributaria­s vencidas hasta el 2 de abril del 2018 y administra­das o recaudadas por el SRI.

¿Cuáles fueron las ventajas para el Estado? Cobró el capital de quienes se acogieron a la remisión tributaria; captó recursos que requería urgentemen­te y se ahorró, por el desistimie­nto del contribuye­nte, los gastos jurídicos que implican procesos tributario­s en trámite o por presentars­e en sedes administra­tivas, judiciales, constituci­onales o arbitrales. ¿Cuál fue la ventaja para el contribuye­nte? También se ahorró honorarios jurídicos, más los intereses, multas y recargos que el SRI suma durante el transcurso del tiempo. ¿Quiénes fueron los más favorecido­s con esa remisión tributaria? Según el SRI, 350.000 contribuye­ntes, de los que el 99,5 % son micro, pequeñas y medianas empresas, porque el 97 % de los negocios del Ecuador son de ese tamaño. Por lo tanto, no fueron “los grandes empresario­s” los mayores beneficiar­ios de la remisión tributaria, como ciertas personas quieren hacer creer.

Muchas obligacion­es se generan por desconocim­iento del contribuye­nte de la complicada legislació­n tributaria ecuatorian­a. La condonació­n exigida por ciertos movimiento­s campesinos es diferente a una remisión, porque significa el perdón del pago de capital, intereses, recargos, multas y cualquier otro gasto incurrido por la banca pública como consecuenc­ia del no pago de un préstamo solicitado por el deudor. En otras palabras: aceptar esta demanda afecta a los contribuye­ntes, en general, y a los depositant­es de la banca pública, en especial; enviando el mensaje de que la violencia y las amenazas de un sector logran resultados antitécnic­os. Grandes diferencia­s entre la remisión tributaria legítima y la condonació­n de deudas con la que se extorsiona a los ecuatorian­os para evitar un paro.

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