“Ser titular de bienes ilícitos es pregunta popular más que útil”
La iniciativa del Gobierno es simplificar el proceso de la extinción de dominio ❚ Noboa se adelantó a su propia consulta ❚ La propuesta perdió su sentido
Popular, pero poco útil para este momento. Así califican analistas consultados por este Diario la última pregunta plebiscitaria de la consulta popular del presidente Daniel Noboa.
Esta plantea que el Estado “proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley de Extinción de Dominio”.
Al igual que la mayoría de las preguntas de la consulta propuestas por Noboa, el anexo se limita a indicar que, de aprobarse, el presidente remitirá un proyecto de ley reformatoria a la Asamblea Nacional.
Más allá de recordar la falencia de que el mandatario no haya detallado cuál sería la propuesta de reforma en el anexo de la pregunta, la constitucionalista Ximena Ron señala que puede que el presidente Noboa se haya adelantado a su propia iniciativa de consulta.
“(El efecto de esta pregunta) podría ser que se esté ejecutando a partir del nuevo proyecto de ley y en ese caso no habría mucho que hacer (si se aprueba la pregunta)”, dice y recuerda que días atrás el Legislativo ya aprobó un proyecto de ley económico urgente de Daniel Noboa sobre el mismo tema.
El 8 de febrero, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley para el Ahorro y la Monetización de Recursos Económicos para el Financiamiento de la Lucha contra la Corrupción que tiene el objeto de viabilizar la recuperación de activos de origen ilícito.
Este antecedente, según el constitucionalista José Chalco, hace que “no tenga sentido” esperar a la consulta popular cuando el mismo mandatario ya tramitó las propuestas de reformas al procedimiento de extinción de dominio a través de un proyecto de ley.
Incluso señala que el presidente pudo prescindir ya de esta pregunta, ya que, a través de la facultad del veto, Noboa podría reforzar el proyecto. En especial, las observaciones que hizo la Fiscalía General del Estado y que, según reaccionó la entidad luego de la aprobación de la ley, no fueron incluidas.
“El presidente debe recopilar las peticiones de la fiscal (Diana Salazar) respecto al procedimiento y condiciones jurídicas para que se efectúe la extinción de dominio, pues estamos ya en un proceso de creación de ley que es lo que buscaba la consulta popular”, hace hincapié el constitucionalista Chalco.
Ximena Ron, por su parte, anota que incluso “la mayoría de personas no tienen el conocimiento de que existe un procedimiento de ley para la titularidad de esos bienes” y que, según ha señalado la Corte Constitucional, se necesita una sentencia previa para poder ejecutar la extinción de dominio.
Cuando se omite esta importante consideración, sigue, la pregunta se vuelve “mucho más popular que útil”, ya que las personas tendrán la expectativa de una recuperación inmediata y masiva de bienes de origen ilícito, sin embargo, estos no están exentos de un procedimiento ya normado en el país.
El Gobierno Nacional, por otro lado, defiende que el procedimiento de la extinción de dominio debe ser aún más perfeccionado para desmantelar las economías criminales que, a través de empresas y personas, ocultan sus bienes obtenidos con dinero de actividades ilícitas como el narcotráfico.
EL DETALLE
Convocatoria. El 9 de febrero de 2024, el presidente Noboa convocó a consulta popular y referéndum. Son 10 preguntas.