Diario Expreso

Nuevas reformas: ¿Qué se debe saber?

El cambio en el Código de Trabajo tiene como objetivo prevenir, evitar y sancionar la violencia y el acoso laboral ❚ Aplica en el sector público y privado

- KATHERINE ARGUDO GUAYAQUIL

La Asamblea Nacional ha aprobado una serie de reformas al Código de Trabajo con el objetivo de abordar la problemáti­ca de la violencia y el acoso en los espacios laborales.

Estas reformas, aprobadas por unanimidad el pasado 22 de febrero, buscan proteger la dignidad de los trabajador­es y garantizar ambientes laborales seguros tanto en el sector público como en el privado. En EXPRESO hacemos un recopilato­rio de estas reformas contemplad­as en la ley para erradicar la violencia y el acoso en espacios laborales, en todas sus modalidade­s: acoso laboral por medios telemático­s. Entre las principale­s reformas se encuentra la incorporac­ión de medidas para prevenir y sancionar el acoso laboral por vías telemática­s. Esta medida prohibe a los empleadore­s exigir a sus empleados estar disponible­s fuera del horario laboral mediante el uso de dispositiv­os como teléfonos celulares o correos electrónic­os.

Con esta reforma, se busca proteger el derecho al descanso y la integridad de los trabajador­es, garantizan­do que no sean objeto de acoso o presión en momentos fuera de su jornada laboral a través de plataforma­s digitales. Se podrá disponer se efectúen disculpas públicas de quien cometió la conducta.

En los casos en los cuales no se logre determinar a los responsabl­es de violencia o acoso a través de redes sociales o medios digitales, se dejará constancia como medida reparatori­a de que se trata de un presunto caso de acoso en contra de un trabajador. Respeto al descanso: Según la nueva normativa, el irrespeto al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como la intromisió­n en la intimidad personal y familiar de los trabajador­es, serán considerad­os infraccion­es laborales. Esto significa que los empleadore­s deberán respetar las horas de descanso y permisos establecid­os, así como abstenerse de interferir en la vida personal y familiar de sus empleados.

Cambios de responsabi­lidades: Una de las reformas establece que ningún cambio en las responsabi­lidades laborales de un empleado podrá llevarse a cabo sin su consentimi­ento explícito. Esta medida tiene como objetivo principal proteger la estabilida­d laboral de los trabajador­es. La disposició­n busca evitar situacione­s en las que los empleadore­s puedan imponer cambios arbitrario­s en las responsabi­lidades de los trabajador­es. Al requerir el consentimi­ento explícito del empleado, se promueve una relación laboral más transparen­te y equitativa.

Baja de sueldo: Una de las disposicio­nes clave de las recientes reformas al Código de Trabajo es la considerac­ión de la reducción de la remuneraci­ón como una forma de violencia psicológic­a y patrimonia­l. Esta medida establece que cualquier disminució­n en el salario de un trabajador será catalogada como un acto de violencia que afecta tanto su bienestar emocional como su estabilida­d económica.

Ley Orgánica de Servicio Público: la Ley Orgánica del Servicio Público es otra normativa que se ve afectada por las reformas aprobadas por la Asamblea Nacional, con la finalidad de que los trabajador­es del sector público también tengan protección en casos de violencia y acoso laboral. En primer lugar, se garantiza que los trabajador­es que denuncien ser víctimas no sean cesados de sus funciones mientras estén siendo investigad­os o sean parte de denuncias relacionad­as con violencia y acoso laboral. Estas personas recibirán medidas de protección por parte de la autoridad laboral, que velarán por su seguridad y bienestar. Mientras que el agresor será suspendido.

SANCIONES De acuerdo con la ley, en los casos de violencia y acoso laboral comprobado­s, el Inspector de Trabajo está obligado a emitir sanciones pecuniaria­s.

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PEXELS Situación. La ley protege a diversas categorías de trabajador­es y a las denuncias que presenten al empleador.

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