Diario Expreso

Metástasis de la impunidad

- EDUARDO CARMIGNIAN­I colaborado­res@granasa.com.ec

Textual: había un “blindaje que la directora disciplina­ria [del Consejo de la Judicatura en Guayas] les brindaba a los jueces porque podían resolver lo que les convenía a [las] organizaci­ones criminales, pero sabían que el sumario administra­tivo no iba a progresar, esa es la impunidad a la que estaba sometida la dirección provincial de Guayas”. Son palabras del presidente del Consejo de la Judicatura, doctor Álvaro Román, dichas este 13 de marzo de 2024 en la Comisión de Fiscalizac­ión de la Asamblea, cuando informó sobre el caso Purga.

No voy a contradeci­rlo, pues asumo que buena informació­n tendrá sobre esa gravísima acusación. Pero no se trata solo de Purga. Y voy a dar un ejemplo que sirve de guía.

Con sentencia 2231-22-JP/23, del 7 de junio de 2023, la Corte Constituci­onal declaró el error inexcusabl­e -que es causa de destitució­nde tres jueces del Guayas, por haber en definitiva permitido que con una acción de protección (número 09332-2019-00220) se atraque varios millones de dólares al Banco Central, en favor de unos particular­es y sus travesuras con el tristement­e célebre sistema Sucre. Y dispuso, como era obvio, que se notifique al Consejo de la Judicatura esa declaració­n, para que inicie el procedimie­nto disciplina­rio respectivo.

Transcurri­dos más de cinco meses de aquello, con oficio CCSTJ-2023-262 del 14 de noviembre de 2023, dirigido al entonces presidente del Consejo de la Judicatura, el impresenta­ble Wilman Terán, la Corte Constituci­onal pidió que en 15 días se le envíe un “informe detallado debidament­e documentad­o” sobre el estado de los procesos disciplina­rios dispuestos en la antedicha sentencia, agregando que, siendo dicha informació­n “indispensa­ble para verificar el cumplimien­to de [sus] decisiones” era “deber del Consejo de la Judicatura remitir toda la documentac­ión requerida”.

Pues resulta que, al menos en lo que consta publicado en las páginas oficiales tanto de la Constituci­onal como del Consejo de la Judicatura, este último ni se ha dignado siquiera en contestar el pedido de informació­n del 14 de noviembre de 2023 (y ya han transcurri­do cuatro meses), y menos ha tomado una decisión sobre la sanción disciplina­ria instada por la Corte, con el agravante de que, según la ley, el tiempo para sancionar prescribe en un año desde que la Constituci­onal declaró el error inexcusabl­e, plazo que se cumple de aquí a menos de 3 meses (el 7 de junio de 2024).

La impunidad no es solo en Purga. También ha hecho metástasis.

...y menos ha tomado una decisión sobre la sanción disciplina­ria instada por la Corte, con el agravante de que, según la ley, el tiempo para sancionar prescribe en un año desde que la Constituci­onal declaró el error inexcusabl­e, plazo que se cumple de aquí a menos de 3 meses...

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