Los ‘freelancers’ deben pagar impuestos por el servicio externo que prestan
El SRI anuncia el inicio de controles a este grupo de contribuyentes
El Servicio de Rentas Internas (SRI) inició controles a los profesionales que prestan sus servicios de forma remota (virtual) a empresas extranjeras y que reciben un pago desde el exterior, lo que se configura en una exportación de servicios por lo que deben declarar y pagar sus impuestos en Ecuador.
Así lo anunció el SRI ayer en un comunicado donde puntualiza que estos profesionales usualmente son conocidos como ‘freelancers’; sin embargo, asegura haber detectado que los ingresos que estos profesionales reciben desde el exterior “no han sido considerados como parte de los ingresos gravables en las declaraciones de impuesto a la renta”. No obstante, el cambio no solo viene por una mayor rigurosidad en el control, sino por incrementar las tarifas de retención a este grupo de contribuyentes. A fines de febrero, la entidad tributaria emitió una resolución donde establece las nuevas tarifas de retención de Impuesto a la Renta (IR) para abogados, doctores, profesores y todo profesional que venda sus servicios.
La retención para las personas naturales, a partir de marzo, ya no es del 8 %, sino del 10 %. Las empresas que ofrecen servicios profesionales, en cambio, ya no pagarán el 2,75 %, sino el 3 %. Este último cambio, dicen los expertos, es anticipar mayor impuesto al Estado, lo que podría restar liquidez a estos contribuyentes.
El SRI recuerda a la ciudadanía que toda actividad económica debe ser reportada e inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) en un plazo no mayor a 30 días y cumplir con las obligaciones tributarias de conformidad a la legislación tributaria vigente. Otros requisitos que debe cumplir son: -Emisión de comprobantes de venta: facturación electrónica. -Llevar los registros de ingresos y gastos relacionados con la actividad económica.-realizar las declaraciones de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e impuesto a la renta.