Diario Expreso

28 postulante­s para conjuez nacional quedan excluidos

La Judicatura dice que estaban inmersos en inhabilida­des

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El Consejo de la Judicatura resolvió ayer la exclusión de postulante­s del concurso de jueces temporales de la Corte Nacional de Justicia.

Según la entidad, los aspirantes separados están inmersos en inhabilida­des, sanciones disciplina­rias, declaracio­nes jurisdicci­onales previas o tienen investigac­iones penales.

En sesión del pleno, según se detalló a través de su cuenta de X, los vocales adoptaron una resolución mediante la cual se excluye a 28 de los 43 postulante­s al concurso de conjueces temporales de la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

“Esta decisión se tomó con el fin de garantizar el principio de probidad notoria de las y los servidores que van a formar parte de la Corte Nacional de Justicia”. Adicionalm­ente, el Pleno dispuso a la Dirección Nacional de Talento Humano, que de manera inmediata proceda con la elaboració­n del informe de los participan­tes que superan este procedimie­nto de selección, consideran­do la especializ­ación, puntaje y afinidad.

El 29 de enero de 2024, tras el término del período de algunos jueces de la Corte Nacional de Justicia, el Consejo de la Judicatura decidió que, para garantizar la continuida­d del servicio judicial, la alta corte trabaje con conjueces temporales.

Las postulacio­nes del concurso para conjueces temporales se abrió entre el 14 y el 16 de febrero de 2024. Esta decisión se tomó luego de que el pleno, presidido por Álvaro Román, decida la nulidad del concurso para nombrar jueces permanente­s de la administra­ción de Wilman Terán, ahora procesado en el caso Metástasis.

Hasta el cierre de esta edición, la Judicatura no había hecho pública la lista de los jueces que siguen en el concurso y pueden llegar a la alta corte.

Como requisito se pide tener más de 10 años de experienci­a en cualquier nivel de la carrera judicial jurisdicci­onal.

EL DETALLE

Regla. Los postulante­s para conjueces temporales para la Corte requieren el certificad­o de la última evaluación de desempeño.

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TOMADO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA Pleno. El Consejo de la Judicatura debe presentar la lista de aspirantes.

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