Diario Expreso

“El problema es del banco, no de Pablo Muentes”

- MARTÍN PALLARES Y ROBERTO AGUILAR QUITO

RAFAEL OYARTE Abogado constituci­onalista, litigante en materia de Derecho Público y docente en universida­des del Ecuador y América Latina. Autor de una quincena de manuales y tratados de Derecho Constituci­onal y Procesal, asumió en junio de 2023 la defensa de Pablo Muentes en su juicio contra el Banco del Pacífico.

− ¿El habeas data que se le concedió a Pablo Muentes fue una desnatural­ización del recurso?

− Cuando la Corte Constituci­onal inadmitió por improceden­te el recurso de incumplimi­ento de la sentencia, indicando que primero tenía que hacer el pedido al juez de instancia para que la haga cumplir, estaba plenamente consciente de cuáles eran los pagos cuyo registro se requería. Además, estaba aceptando que aquí había un tema de compensaci­ón por daño físico, moral y psicológic­o y que no había habido el tema de la investigac­ión dentro del banco. Si la Corte hubiese encontrado que el habeas data estaba desnatural­izado, habría declarado inejecutab­le la sentencia y habría ordenado el archivo.

− El habeas data sirve para conseguir informació­n, no para establecer indemnizac­iones. Si la Corte no se pronunció al respecto, ¿no fue porque “se vio impedida de tratar el fondo del caso”, como dice la sentencia, porque había que agotar los recursos ante el juez de instancia? No porque lo avale.

− No, la verdad es que el habeas data sirve para varias cosas: primero para obtener informació­n, pero también para corregir informació­n errónea y también, por si acaso, para compensar económicam­ente los daños causados. Como dice Ismael Quintana en su libro sobre incumplimi­ento de sentencia: si tú te atreves a llevarle a la Corte Constituci­onal (independie­ntemente de que no se hayan agotado los recursos ante el juez de instancia) una acción de protección sobre un habeas data desnatural­izado, que ha sido obtenido de mala manera, la Corte te manda el Consejo de la Judicatura, sanciona a los jueces y declara la inejecutab­ilidad.

− Las revelacion­es del caso Purga ponen en evidencia que su cliente jugó con la cancha inclinada, con jueces que le favorecían.

− Sería impensable decir que don Pablo Muentes maneja la Corte Constituci­onal.

−Nos referimos al juez Cevallos Cercado, ahora preso por el tema Purga precisamen­te por sus relaciones con Muentes y que falló a favor de él.

Estamos hablando sobre un fallo de primer nivel que fue confirmado en segunda instancia por la Corte Provincial, donde había jueces que no están involucrad­os en el caso Purga, y luego la Corte Constituci­onal. No todos los jueces de esa Corte Provincial están presos o involucrad­os. No todos los jueces que dijeron que los pagarés de Muentes no son falsos están procesados.

− Sobre ese tema, hay un peritaje que dice que los recibos que Muentes exhibe como prueba de haber pagado su deuda con el banco fueron forjados.

− La defensa del banco dice que hay tres peritajes y en realidad hay solo uno. Lo que encuentra el juez es que no hay registro de los pagos. Además, dice una cosa importante: las 12 notas de crédito fueron elaboradas en el año 99 por un funcionari­o del banco. La pericia que se hace por pedido del banco no encuentra problemas con las rúbricas y establece que todos los documentos tienen la misma procedenci­a que la nota de crédito original emitida el 19 de noviembre de 2002. Es decir, todos los recibos fueron emitidos en el mismo papel, la marca dejada por el sello tiene el mismo origen y la rúbrica correspond­e a la misma autoría.

− El problema es que esos documentos de 1999 fueron registrado­s en una cuenta contable que fue creada en 2002, y eso lo certifica la Superinten­dencia de Bancos. Es decir, una cuenta que no existía cuando Muentes dice haber hecho los pagos.

− Ese documento no hace parte del juicio. Si el banco entrega un recibo, no le puede imputar al cliente el número de la cuenta donde registró los códigos. Eso no es responsabi­lidad del cliente, es responsabi­lidad del banco y por eso en el habeas data se ordenó una cosa importante: una investigac­ión interna.

− O sea que sí hay fraude, pero lo cometió el banco.

− Uno puede sacar conclusion­es de estos pagos. Si fulanito paga una multa o hace un depósito en una cuenta, le dan su recibo y después el banco le dice que la plata no asoma, el problema es del banco y no de fulanito. Y si me dicen que esos números que están ahí no correspond­en a las cuentas registrada­s por la Superinten­dencia, ¿yo como cliente cómo sé cuáles son los numeritos que usted dice que no existen?

− Pablo Muentes dice que en el lote que él compró con el préstamo y luego le embargó el banco, él construyó una camaronera cuya existencia ha sido puesta en duda. ¿Usted la ha visto?

− Yo no he visitado el terreno. Hay un avalúo municipal de los dos lotes que conforman el cuerpo. ¿Si tengo ese avalúo tengo que ir personalme­nte a verificar que está bien? En el avalúo no solo aparece el valor del terreno sino de la camaronera y resulta que el banco tampoco objeta esa informació­n.

− Entenderá usted que la reputación de su cliente, hoy preso, lo precede. Y justifica el poner en duda los documentos que presenta.

− Como puedo poner en duda pericias pedidas por el banco.

Uno puede sacar conclusion­es: si fulanito hace un depósito en una cuenta, le dan su recibo y después el banco le dice que la plata no asoma, el problema es del banco, no de fulanito.

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RENÉ FRAGA / EXPRESO

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