¡PAGARÁN AQUÍ SU CULPA!
✓Autoridades hicieron precisión sobre la situación de los sujetos de otros países capturados en los disturbios.
El jueves 3 de octubre el negocio de víveres de don Milton Ramírez fue violentado por una turba. Dañaron la puerta y se le llevaron la mercadería. El comercio está ubicado en la cooperativa Nelson Mandela, de la Isla Trinitaria, sur de Guayaquil.
La Policía detuvo a cinco personas, dos de ellas venezolanas. Las pérdidas económicas superaron los 1.000 dólares.
Este no fue el único almacén al que ingresaron por la fuerza, en el sector del sur porteño. Solo ese día más de 10 locales resultaron afectados y 40 personas, aprehendidas.
Un reporte del Ministerio del Interior indica que desde el 3 hasta el 9 de octubre, 34 extranjeros implicados en desmanes han sido detenidos en el país.
Pero aquí surge una pregunta. ¿Qué pasa con los extranjeros que son detenidos en actos vandálicos, aprovechándose de los desmanes que ocurren en el país por la eliminación del subsidio a la gasolina y al diésel?
Para conocer cuál es la situación legal de los foráneos inmersos en delitos, EXTRA consultó con dos expertos en leyes: los fiscales de flagrancia Víctor González y Wilson Álvarez.
González explicó que la Constitución del Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que los extranjeros inmersos en delitos de vandalismo serán sometidos a las leyes ecuatorianas. “A ellos no se los puede deportar, porque son personas procesadas y, primero, deben pagar la condena”, comentó el funcionario judicial.
El fiscal Álvarez coincidió con lo expuesto por González. “A los extranjeros se les formula cargos y en la audiencia de juzgamiento son sentenciados. Ellos deben pagar la pena por el delito y una vez en libertad son deportados. La pena la deben cumplir en el país”, refirió Álvarez.
González también indicó que, posterior a la detención de un extranjero, se le notifica a la embajada de su país para que conozcan la situación legal de su compatriota y, de esa manera, ejerzan la defensa de su coterráneo que se encuentra en territorio ecuatoriano.
Las personas que incurren en el delito de robo con violencia e intimidación son procesadas de acuerdo al Artículo 189 del COIP que establece una pena de 5 a 7 años.
“Si consideramos las agravantes como que actuaron más de dos personas en los delitos, la pena podría aumentar un tercio”, acotó González.
Además, comentó que el artículo 61 del COIP establece la expulsión y prohibición de retorno al territorio ecuatoriano para personas extranjeras que hayan cometido un delito.
Este indica que, una vez cumplida la pena en Ecuador, al extranjero le queda prohibido retornar al territorio ecuatoriano por un lapso de diez años.
“Si el extranjero expulsado regresa al territorio ecuatoriano, antes de transcurrir el período de tiempo establecido en la sentencia condenatoria, comete el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y será sentenciado de 1 a 3 años”, aclaró el fiscal González.
El funcionario del Ministerio Público dijo que uno de los factores que inciden en el cometimiento de delitos es la falta de empleo, la falta de oportunidad laborales, los hogares disfuncionales, “pero nada justifica la delincuencia ni el vandalismo”, sentenció.
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EXTRANJEROS detenidos en 6 días, según Ministerio del Interior.