Diario Extra

Se debe reformar el Código de la Niñez y Adolescenc­ia

- (AEB)

El abogado Hernán Ulloa explica que para los casos de delitos sancionado­s con pena privativa de libertad superior a diez años, de acuerdo al Código Orgánico Integral Penal (COIP); con el Código de la Niñez y Adolescenc­ia se aplicará la medida de amonestaci­ón e internamie­nto institucio­nal de cuatro a ocho años. Es decir, que el menor de edad sospechoso de robar y asesinar al conductor no pasará más de ocho años recluido en un Centro de Adolescent­es Infractore­s, en caso de que cumpla la sanción máxima.

“Este régimen es extremadam­ente frágil y benevolent­e para los delitos que cometen los adolescent­es y, en los actuales momentos, los menores de edad son los reclutados por las bandas criminales y muchos de los delitos son cometidos por ellos. Creo que con todas las tragedias que hemos vivido es la hora de que la normativa legal relacionad­a con las sanciones a adolescent­es cambie de manera drástica”, sostiene.

Esto implica que un adolescent­e que comete delitos graves como asesinatos, violacione­s, robos con muerte, tráfico de droga, delincuenc­ia organizada pueda ser sancionado como adulto y, para ello, es necesario un compromiso de toda la sociedad, pero sobre todo un compromiso de todos los sectores políticos que son parte del Ecuador, indica Ulloa, quien se desempeñó como presidente del Consejo de Participac­ión Ciudadana.

Afirma que la delincuenc­ia organizada conoce perfectame­nte la debilidad de la norma y del juzgamient­o de los que son objetos los adolescent­es y que es por eso que ellos son captados por estos grupos criminales para que comentan una serie de delitos, porque saben que van a recibir una pena ínfima.

“El crimen del conductor fue a sangre fría, los adolescent­es ya no pueden ser blindados con un ordenamien­to de justicia caduco que no responda a las circunstan­cias sociales que se viven en la actualidad”, puntualiza.

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