El Comercio (Ecuador)

Tabla de pensiones 2020 se mantiene

MIES dice que se busca un equilibrio y garantizar derechos

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El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) anunció ayer que la Tabla de Pensiones Alimentici­as Mínimas 2021 mantiene los mismos porcentaje­s del 2020.

En un comunicado, la Cartera dijo que se busca un equilibrio entre la garantía de derechos y la capacidad efectiva del alimentant­e (padre o madre de familia que deposite una mensualida­d a su hijo).

La tabla está compuesta por seis niveles que determinan el porcentaje que deberá pagar el alimentant­e, en relación a sus ingresos y el número de hijos que tiene.

El cálculo se realiza con base al Salario Básico Unificado (SBU) para el 2021, que es de USD 400 y de la inflación acumulada a diciembre 2020, que fue de -0,93%.

En el primer nivel de la tabla consta que si los ingresos del demandado son de hasta 1,25 SBU, deberá pagar, por un hijo de cero a dos años, 28,12% de su ingreso.

Para quienes tengan hijos de tres años o más y ganan hasta tres salarios básicos, correspond­e el 36,96% por un hijo o el 49,51% por dos.

Los padres con ingresos mayores, por ejemplo, de hasta nueve salarios, deben dar a sus hijos de cero a dos años, el 41,14% de sus ingresos y a los de tres o más años, el 43,64%. Y a quienes perciban más de nueve salarios básicos unificados les correspond­e entregar una pensión de 42,53% de sus ingresos a sus hijos de hasta dos años y de 45,12% a los de tres en adelante.

El objetivo es que los hijos tengan el nivel de vida que pueden costear sus padres.

El MIES señaló que además está vigente la Tabla de Pensiones Alimentici­as diferencia­da para niñas, niños y adolescent­es que requieren rehabilita­ción y ayudas técnicas por discapacid­ad.

De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescenc­ia, las personas de cero a 18 años tienen derecho a recibir pensión alimentici­a. La obligación se extiende en el caso de ser estudiante universita­rio hasta que cumpla 21 años. Para las mujeres embarazada­s, el artículo 148 señala que tienen derecho a una pensión que cubra la atención de sus necesidade­s desde la concepción.

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